DECRETO 985 DE 2018

Decretos 2018

DECRETO 985 DE 2018     

(junio 7)    

D.O. 50.617, junio 7 de  2018    

Por el cual se  hace una designación en comisión para situaciones especiales a la planta  externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que  le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  parágrafo 2° del artículo 39, el artículo 40, literal a) del artículo 53 y el  artículo 62 del Decreto ley  número 274 de 2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que el doctor Jorge Alfredo Díaz Bravo, es  funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en  la categoría de Ministro Consejero, se encuentra cumpliendo el lapso de  alternación en la planta interna desde el 10 de agosto de 2015.    

Que mediante Acta 814 del 24 de mayo de  2018, la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular en ejercicio  de la función que le asigna el literal c) del artículo 73 del Decreto ley  número 274 de 2000, recomendó por necesidades del servicio, la alternación  anticipada a la planta externa del doctor Jorge Alfredo Díaz Bravo, Ministro  Consejero.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Comisiónase  a la planta externa al doctor Jorge Alfredo Díaz Bravo, identificado con cédula  de ciudadanía número 79506359 al cargo de Consejero de Relaciones Exteriores,  Código 1012, Grado 11, de la planta global del Ministerio de Relaciones  Exteriores, adscrito al Consulado de Colombia en Willemstad,  Curazao.    

Parágrafo. El doctor Jorge Alfredo Díaz  Bravo, es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática y  Consular, en la categoría de Ministro Consejero.    

Artículo 2°. El doctor Jorge Alfredo Díaz  Bravo ejercerá las funciones de Cónsul de Colombia en Willemstad,  Curazao, y se desempeñará como Jefe de la Oficina Consular mencionada.    

Artículo 3°. Las erogaciones que ocasione el  cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del  Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 4°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 7 de junio de 2018.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

María Ángela Holguín Cuéllar.    

               

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