DECRETO 963 DE 2018

Decretos 2018

DECRETO 963 DE 2018    

(junio 5)    

D.O. 50.615, junio 5 de  2018    

por el cual se  designa alcalde ad hoc para el municipio de Melgar,  departamento del Tolima.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las  conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa, en el artículo 66 de la Ley 4 de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Oficio OAJ-0841 de 15 de  noviembre de 2017, la doctora Shirley Karine Ramírez Correa, Jefe de la Oficina Asesora Jurídica  de la Alcaldía de Melgar, Tolima, remitió a la  Procuraduría Provincial de Girardot el auto del 1° de noviembre de 2017,  mediante el cual el doctor Miguel Antonio Parra Pinilla, Alcalde Municipal de  Melgar, Tolima, se declaró impedido para “conocer del recurso de apelación  interpuesto por el apoderado de la parte querellada en contra de la Resolución  número 009 de 18 de septiembre de 2017, expedida por la Inspectora Segunda  Municipal de Policía, dentro del proceso de perturbación a la posesión que  iniciare la Alcaldía de Melgar contra los señores Medardo  Rincón y Luz Dary Suárez”, comoquiera que el  proceso policivo fue iniciado por parte de la Alcaldía de Melgar, a través de  la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de ese municipio, y dicha situación  configura un conflicto de intereses.    

Que mediante auto RI 3300-017 de 30 de enero  de 2018 la Procuraduría Provincial de Girardot remitió el asunto a la  Procuraduría Regional de Cundinamarca por razones de  competencia, y esta última mediante auto de 13 de marzo de 2018, radicación IUS  E-2018-056504 e IUC-D-2018-1076326, aceptó el impedimento presentado por el  doctor Miguel Antonio Parra Pinilla, al considerar “[r]azonada encuentra esta Procuraduría  Regional de Cundinamarca, la manifestación de  impedimento realizada por el burgomaestre (…) por ser evidente el interés que  le asiste para realizar el recurso de apelación”, encontrando así  configurada la causal contemplada en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, y  consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.    

Que en virtud del concepto emitido por el  Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23  de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…) será de competencia del Presidente de la República decidir si  designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un  funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que,  en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa  para la cual se nombra con carácter transitorio (…)”, la gobernación del  departamento de Tolima, mediante comunicación  radicada en el Ministerio del Interior bajo PQRSD-006343 remitió, entre otras,  la hoja de vida, del doctor Germán Triana Bayona,  funcionario vinculado a dicha entidad territorial, para ser designado como  alcalde ad hoc  del municipio de Melgar.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que con el fin de dar cumplimiento a los  principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar  un nuevo alcalde ad hoc para el municipio de Melgar, Departamento de Tolima.    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4 de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en  los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un  servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni  cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la  Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014,  radicado 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Designar como Alcalde ad hoc del municipio de Melgar,  departamento del Tolima, al doctor Germán Triana Bayona, identificado con cédula de ciudadanía  14236703, quien se desempeña en el cargo de Profesional Universitario, Código  219, grado 04, de la Gobernación del Tolima, para “conocer del recurso de apelación  interpuesto por el apoderado de la parte querellada en contra de la Resolución  número 009 de 18 de septiembre de 2017, expedida por la Inspectora Segunda  Municipal de Policía, dentro del proceso de perturbación a la posesión que  iniciare la Alcaldía de Melgar contra los señores Medardo  Rincón y Luz Dary Suárez”.    

Artículo 2°. Posesión. El Alcalde ad  hoc designado en este acto deberá tomar  posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del  artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto al  Alcalde ad hoc,  al Alcalde titular del Municipio de Melgar, y a la Procuraduría Regional de Cundinamarca.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 5 de junio de 2018.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro del Interior,    

Guillermo Rivera Flórez.    

               

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