DECRETO 908 DE 2018

Decretos 2018

             DECRETO 908 DE 2018    

(mayo 25)    

D.O. 50604, mayo 24 de  2018    

por el cual se  modifica el Decreto  865 de 24 de mayo de 2018.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las que  le confieren los artículos 189 numeral 11 de la Constitución  Política, 2 del Decreto ley 2241  de 1986, y 25 del Decreto 847 de 2018,  y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 25 del Decreto  847 del 18 de mayo de 2018, establece que el Gobierno nacional designará  delegados para realizar el seguimiento del proceso electoral, observar el  comportamiento de los servidores públicos en relación con el proceso electoral,  los organismos de control y vigilancia y las autoridades nacionales,  departamentales y municipales; informar a las autoridades nacionales sobre el  desarrollo del proceso electoral y transmitir a las autoridades competentes sus  observaciones y recomendaciones, con ocasión de las elecciones presidenciales a  realizarse el 27 de mayo de 2018 en primera vuelta, y el 17 de junio de 2018 en  segunda vuelva, si la hubiere.    

Que mediante el artículo 2° del Decreto 865 de 2018  se designó a las delegadas y los delegados a que se refiere el artículo 25 del Decreto 847 de 2018,  delegación que es necesario cambiar en razón de necesidades del servicio.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modificación. Modificar parcialmente el artículo 2 del Decreto 865 de 2018,  así:    

1. Designar como delegado presidencial en el  departamento de La Guajira a César Peñalosa, Viceministro de Infraestructura,  en lugar del Ministro de Transporte, Germán Cardona Gutiérrez.    

2. Designar como delegado presidencial en el  departamento de Santander a Carmen Eugenia Dávila, Viceministra  de Protección Social, en lugar del Viceministro de Salud Pública y Prestación  de Servicios, Luis Fernando Correa Serna.    

3. Designar como delegada presidencial en el  departamento del Cauca a Rutty Paola Ortiz Jara,  Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, en lugar de la Ministra de  Cultura, Mariana Garcés Córdoba.    

Artículo 2°. Vigencia y derogatorias. Este decreto rige a parir de la fecha  de su publicación y modifica parcialmente el artículo 2° del Decreto 865 de 2018.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.C., a 25 de mayo de 2018.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro del Interior,    

Guillermo Rivera Flórez.    

               

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