DECRETO 886 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 886 DE 2019    

(mayo 22)    

D.O. 50.962, mayo 23 de 2019    

por el cual se  designa alcalde ad hoc para el municipio de Tipacoque, departamento de Boyacá.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las  conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Auto 001 del 8 de mayo de 2018,  el doctor Nelson Humberto Melgarejo Angarita, Alcalde del municipio de  Tipacoque, Boyacá, manifestó impedimento para continuar con el proceso de  evaluación del desempeño laboral de la servidora pública Ana Cleotilde Prieto  Suárez, en su calidad de Inspectora Municipal de Policía, dado que refiere que  la señora Inspectora le formuló queja disciplinaria ante la Procuraduría  General de la Nación, el 8 de junio de 2017, por un presunto acoso laboral.    

Que mediante auto 2205 del 15 de agosto de  2018, en el proceso con radicación IUS E- 2018-355069, IUC D-2018-1152368, el  Procurador Regional de Boyacá aceptó el impedimento presentado por el doctor  Nelson Humberto Melgarejo Angarita “para conocer de la calificación de la  funcionaria de carrera Ana Cleotilde Prieto Suárez, Inspectora de Policía de  esa municipalidad”, al encontrar configurada la causal prevista en el numeral 5  del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y,  consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.    

Para arribar a la anterior decisión, el  Procurador Regional de Boyacá consideró lo siguiente: “Es comprensible que el  proceso que se adelanta ante la Procuraduría Provincial de Santa Rosa de  Viterbo, de carácter disciplinario en contra del Alcalde, afecte su actuar como  funcionario imparcial, pues se trata de un proceso administrativo sancionador  dirigido a determinar si se presentaron conductas en donde se infundió miedo,  intimidación, terror y angustia, o se causó perjuicio laboral, o se generó  desmotivación en el trabajo o se indujo a la renuncia del cargo al quejoso…  pues mostraría que en efecto, el evaluador lo embarga un interés que se vería  reflejada en la calificación de servicios de la funcionaria de carrera”.    

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento  Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre  de 2016, mediante el cual precisó que “…  Será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un  empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario  de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso,  se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual  se nombra con carácter transitorio…”, el gobernador del departamento  de Boyacá, mediante EXTMI19-19638 del 15 de mayo de 2019, avaló y remitió la hoja  de vida de la doctora María Carolina Suárez León, funcionaria vinculada a la  gobernación de Boyacá, para ser designada como alcaldesa ad hoc del municipio  de Tipacoque.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que con el fin de dar cumplimiento a los  principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar  alcaldesa ad hoc para el municipio de Tipacoque, Boyacá.    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los  casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor  en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del  sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en concepto del 6 de marzo de  2014, radicado 11001-03-06-000-2014-00049- 00 (2203).    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1. Designación. Designar como alcaldesa ad hoc del municipio de  Tipacoque, Boyacá, a la doctora María Carolina Suárez León, identificada con la  cédula de ciudadanía 46376159, quien se desempeña en el cargo de Profesional  Universitario, código 219, grado 02, de la gobernación de Boyacá, para llevar a  cabo la evaluación de desempeño laboral de la Inspectora de Policía, doctora  Ana Cleotilde Prieto Suárez.    

Artículo 2°. Posesión. La Alcaldesa ad hoc designada en este acto deberá  tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del  artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica  del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto a la alcaldesa  ad hoc, al alcalde titular del municipio de Tipacoque y a la Procuraduría  Regional de Boyacá.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase    

Dado en Bogotá, D. C., a 22 de mayo de 2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra del Interior,    

Nancy Patricia  Gutiérrez Castañeda.    

               

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