DECRETO 882 DE 2018
(mayo 24)
D.O. 50.603, mayo 24 de 2018
por el cual se hace una apertura de un Consulado Honorario y una designación en el Servicio Exterior.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto número 1067 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada mediante la Ley 17 de 1971, el Gobierno de Colombia puede decidir libremente el nombramiento de Cónsules Honorarios.
Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.2.1 del Decreto número 1067 de 2015, las funciones consulares honorarias podrán ser ejercidas por ciudadanos colombianos o extranjeros con disposición para actuar a favor de los intereses del Estado colombiano y de sus nacionales y que la escogencia del Cónsul Honorario deberá recaer sobre personas que mantengan vínculos con Colombia o la comunidad colombiana, y que acrediten poseer las condiciones económicas y de idoneidad adecuadas para desempeñar honrosamente las funciones que se le asignen.
Que como candidato a ocupar el Cargo de Cónsul Honorario de Colombia en la Serenísima República de San Marino, la Embajada de Colombia en Italia ha propuesto, por medio del Memorando EITRM. 0228 del 4 de octubre de 2017, al señor Matteo Lonfernini, ciudadano con nacionalidad sanmarinense, quien fungió como Presidente del Consejo de Administración de la Empresa Estatal Autónoma de los servicios de la República de San Marino y actualmente se desempeña como Presidente del Consejo de Administración de la empresa unipersonal Poste San Marino, demostrando su trayectoria en el área administrativa y de negocios, y quien ha presentado la documentación necesaria para acreditar que cumple con los requisitos establecidos por el Decreto número 1067 de 2015.
Que mediante el Memorando I-GAUC-18-005941 del 20 de marzo de 2018, el Grupo Interno de Trabajo de Asuntos Consulares solicitó a la Dirección de Europa su concepto favorable para el nombramiento del señor Matteo Lonfernini y que posteriormente esa Dirección acogió positivamente la postulación, por medio del Memorando I-DIE-18-006772 del 2 de abril de 2018, así mismo, con nota N. 10351/P del 8 de mayo de 2018, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de la República de San Marino, confirma el beneplácito al nombramiento.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Créase el Consulado Honorario de Colombia en la Serenísima República de San Marino con circunscripción en todo el territorio.
Artículo 2°. Desígnase al señor Matteo Lonfernini como Cónsul Honorario de Colombia en la Serenísima República de San Marino con circunscripción en todo el territorio.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D. C., a 24 de mayo de 2018.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Ángela Holguín Cuéllar.