DECRETO 809 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 809 DE 2019     

(mayo 14)    

D.O. 50.953, mayo 14 de 2019    

por el cual se designa Superintendente de Transporte ad hoc”    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial  las que le confieren los artículos 189 numeral 13 de la Constitución  Política de Colombia, 12 de la Ley 1437 de 2011 y  2.2.5.1.1 del Decreto 1083 de 2015  modificado por el Decreto 648 de 2017,  y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  número 1841 del 28 de septiembre de 2018, se nombró a la doctora Carmen  Ligia Valderrama Rojas, identificada con cédula de ciudadanía número 52032649,  Superintendente de Puertos y Transporte, y con ocasión del Decreto  número 2409 de 24 de diciembre de 2018 que modificó y renovó la  Superintendencia de Transporte, se incorporó a la planta de la Superintendencia  en el cargo de Superintendente de Transporte a través de Decreto  número 2479 del 28 de diciembre de 2018.    

Que a través del  oficio radicado en el Ministerio de Transporte con número 20193210220162 de  fecha 4 de abril de 2019, la doctora Carmen Ligia Valderrama Rojas,  identificada con cédula de ciudadanía número 52032649, en su condición de  Superintendente de Transporte, manifiesta impedimento para conocer y decidir  sobre los asuntos de su competencia relacionados con la sociedad Aerolínea de  Antioquia S.A.S. con NIT 800.019.344-4, por las siguientes razones:    

Que la sociedad  Aerolínea de Antioquia S.A.S., prestadora de servicio de transporte aéreo,  manifestó la decisión unilateral de suspender temporalmente la operación, cuya  autorización fue otorgada por la Aeronáutica Civil para la modalidad de  transporte aéreo secundario, arguyendo la falta de capacidad económica para  cumplir con la operación.    

Que a la fecha, la  doctora Carmen Ligia Valderrama Rojas, es la cónyuge del señor Carlos Eduardo  Monzón López, identificado con cédula de ciudadanía número 79487615 Gerente  General de la Empresa de Servicios Aeroportuarios Integrados SAI S.A.S. NIT.  892.400.643-9 y esta empresa es acreedora de la Empresa Servicios  Aeroportuarios Integrados SAI S.A.S, por cuanto, esta última le adeuda  diferentes sumas de dinero producto de los servicios prestados en desarrollo de  las obligaciones pactadas en virtud de un contrato entre ellas celebrado.    

Que a la  Superintendente de Transporte le corresponde impartir la vigilancia subjetiva a  la sociedad Aerolínea de Antioquia S.A.S, así como el conocimiento, decisiones  y la adopción de los correctivos particulares necesarios para subsanar la  situación crítica expuesta por dicha sociedad, en cuanto a su estado jurídico,  contable, económico y/o administrativo interno.    

Que en consecuencia,  la señora Ministra de Transporte a través de la Resolución número 0001411 del  22 de abril de 2019, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo  61 literal h) de la Ley 489 de 1998 en  concordancia con el artículo 12 de la Ley 1437 de 2011,  aceptó el impedimento manifestado por la doctora Carmen Ligia Valderrama Rojas,  identificada con cédula de ciudadanía número 52032649, en su condición de  Superintendente de Transporte, para conocer y decidir los asuntos de su  competencia relacionados con la sociedad Aerolínea de Antioquia S.A.S. NIT  800.019.344-4 y dispuso la remisión a Presidencia de la República para la  designación de Superintendente de Transporte ad hoc, para conocer y decidir de  los asuntos de su competencia para los cuales se aceptó el impedimento.    

Que por lo expuesto, se hace necesario  designar Superintendente de Transporte ad hoc, para conocer y decidir sobre los  asuntos de su competencia relacionados con la sociedad Aerolínea de Antioquia  S.A.S. NIT 800.019.344-4 de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del  artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.    

DECRETA:    

Artículo 1° Designar  al doctor Juan Esteban Gil Chavarría, identificado con la cédula de ciudadanía  número 71216519, Director General, Código 15 Grado 25, de la Dirección General  del Instituto Nacional de Vías (Invías), como Superintendente de Transporte ad  hoc, para conocer y decidir sobre los asuntos de su competencia relacionados  con la sociedad Aerolínea de Antioquia S.A.S. NIT 800.019.344-4.    

Artículo 2°. El  presente decreto deberá ser comunicado por la Subdirección del Talento Humano  del Ministerio de Transporte al doctor Juan Esteban Gil Chavarría y a la doctora  Carmen Ligia Valderrama Rojas.    

Artículo 3°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.  C., a 14 de mayo de 2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de  Transporte,    

Ángela María Orozco Gómez.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *