DECRETO 780 DE 2019
(mayo 7)
D.O. 50.946, mayo 7 de 2019
por el cual se designa Secretario Jurídico ad hoc de la Presidencia de la República.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y
CONSIDERANDO:
Que la doctora Clara María González Zabala, Secretaria Jurídica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, mediante comunicación del 7 de mayo de 2019, manifestó al señor Presidente de la República un impedimento para adelantar el trámite dispuesto por la Directiva Presidencial 4 del 18 de mayo de 2018, sobre política en materia arbitral, en las actuaciones relacionadas con el Banco Agrario de Colombia S. A., tomando en consideración que, mediante Decreto número 2160 del 23 de noviembre de 2018 “Por el cual se hace una designación en la Junta Directiva del Banco Agrario de Colombia S. A.”, fue designada como representante del Gobierno nacional en la Junta Directiva del Banco Agrario de Colombia S. A.;
Que por las anteriores consideraciones, es necesario designar un secretario jurídico ad hoc para adelantar el trámite dispuesto por la Directiva Presidencial 4 del 18 de mayo de 2018, sobre política en materia arbitral, en las actuaciones relacionadas con el Banco Agrario de Colombia S. A.
DECRETA:
Artículo 1°. Secretario Jurídico Ad-hoc. Designar al señor Charles Robert Tachack Suescun, identificado con cédula de ciudadanía número 79589623, quien se desempeña como asesor Grado 2210 – 13 del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, como Secretario Jurídico ad hoc de la Presidencia de la República, adelantar el trámite dispuesto por la Directiva Presidencial 4 del 18 de mayo de 2018, sobre política en materia arbitral, en las actuaciones relacionadas con el Banco Agrario de Colombia S. A.
Artículo 2°. Comunicación. El presente decreto será comunicado por la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., 7 de mayo de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Jorge Mario Eastman Robledo.