DECRETO 778 DE 2018
(mayo 8)
D.O. 50.587, mayo 8 de 2018
por el cual se retira del servicio a un funcionario por cumplimiento de un fallo judicial.
El Presidente de la República, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 192 de la Ley 1437 de 2011, el numeral 10 del artículo 2.2.11.1.1 del Decreto número 1083 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 2403 del 11 de diciembre de 2015, se nombró con carácter provisional a la doctora Marta Inés Galindo Peña, identificada con cédula de ciudadanía número 41520879, en el cargo de Ministro Plenipotenciario, Código 0074, Grado 22, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República de Azerbaiyán.
Que el citado Decreto fue demandado en Acción de Nulidad Electoral, radicado No. 25 000 23 41 000 2016 00108 00, correspondiéndole el reparto de la demanda al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección “A”.
Que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección “A”, mediante sentencia del 2 de marzo de 2017, resolvió:
“Primero: Declárase la nulidad del Decreto número 2403 del 11 de diciembre de 2015, por el cual se nombró provisionalmente a la señora Marta Inés Galindo Peña en el cargo de Ministro Plenipotenciario, Código número 0074, Grado 22 de la Planta Global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la embajada (sic) de Colombia ante el Gobierno de la República de Azerbaiyán, de conformidad con los argumentos expuestos en la parte motiva de esta providencia”.
Que el Consejo de Estado, Sala de lo Contenciosos Administrativo, Sección Quinta, con radicado número 25-000-23-41-000-2016-00108-02, en fallo del 8 de marzo de 2018, confirmó la sentencia proferida el 2 de marzo de 2017 por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección “A”, de la siguiente manera:
“Primero. Confirmar la sentencia proferida el 2 de marzo de 2017, por medio de la cual el Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Primera, Subsección A, accedió a las pretensiones de la demanda.
Segundo. Exhortar al Tribunal Administrativo de Cundinamarca para que en adelante para tramitar la presentación de los salvamentos y aclaraciones de voto cumpla las previsiones legales establecidas en los incisos segundo y tercero del artículo 129 de la Ley 1437 de 2011.
Tercero. Negar la solicitud de terminación del proceso por carencia actual de objeto solicitada por la Nación – Ministerio de Relaciones Exteriores”.
Que mediante Memorando I-OAJI-18-005401 del 13 de marzo de 2018, la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica Interna del Ministerio de Relaciones Exteriores, remitió copia del proceso de nulidad electoral adelantado por el señor Enrique Antonio Celis Durán, en contra del nombramiento en provisionalidad de la doctora Marta Inés Galindo Peña, radicado con el número 25000234100020160010800, a la Dirección de Talento Humano, para la adopción de las medidas administrativas dirigidas a su cumplimiento, al tenor de lo dispuesto en el artículo 192 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Que mediante Memorando I-OAJI-18-006766 del 4 de abril de 2018, la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica Interna del Ministerio de Relaciones Exteriores, remitió Oficio número 2018 – 154 del 23 de marzo de 2018, suscrito por el doctor Marco Fidel Rojas Guarnizo, Oficial Mayor del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, en el cual informó que “las anteriores providencias fueron debidamente notificadas y quedaron legalmente ejecutoriadas el 22 de marzo de 2018 a las 5:00 de la tarde”.
Que con fundamento en las consideraciones y en atención a lo establecido en el artículo 192 de la Ley 1437 de 2011, la autoridad adoptará las medidas necesarias para su ejecución dentro del término de treinta (30) días contados a partir de su comunicación.
Por lo anteriormente expuesto, es procedente retirar del servicio a la doctora Marta Inés Galindo Peña, en cumplimiento a la Sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección “A”, confirmada mediante el fallo del 8 de marzo de 2018, proferido por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Retirar del servicio a la doctora Marta Inés Galindo Peña, identificada con cédula de ciudadanía número 41.520.879, en el cargo de Ministro Plenipotenciario, Código 0074, Grado 22, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República de Azerbaiyán, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. La doctora Marta Inés Galindo Peña, contará con el término señalado en el literal d), artículo 61 del Decreto número 274 de 2000 para hacer dejación del cargo.
Artículo 3°. Comunicar a la doctora Marta Inés Galindo Peña, el contenido del presente decreto, haciéndole saber que contra el mismo no procede recurso alguno por tratarse de un acto de ejecución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Artículo 4°. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 5°. El presente Decreto rige a partir de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 8 de mayo de 2018.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Ángela Holguín Cuéllar.