DECRETO 743 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 743 DE 2019     

(abril 30)    

D.O. 50.940, abril 30 de 2019    

por el cual se  designa alcalde ad hoc para el municipio de Lérida, departamento del Tolima.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las  conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa, y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante comunicación del 18 de  septiembre de 2018, la doctora Carolina Hurtado Barrera, alcalde municipal de  Lérida, Tolima, manifestó impedimento para proferir el acto administrativo que  adjudica un predio ejidal al señor Luis Eduardo Suárez Rojas, por considerar  que compromete su imparcialidad por tener un interés directo con el  solicitante, en razón a que se trata de un familiar con el que tiene vínculo de  parentesco por afinidad en tercer grado.    

Que mediante auto del 9 de octubre de 2018,  radicado IUS E 2018-454402 IUCD 2018- 1187324, el Procurador Regional del  Tolima aceptó el impedimento manifestado por la doctora Carolina Hurtado  Barrera, al considerar que “la alcaldesa de Lérida Tolima, manifiesta su  impedimento para expedir acto administrativo de adjudicación de un bien  inmueble ejido al señor Luis Eduardo Suárez Rojas, quien es el esposo de su tía  Belly Barragán, lo cual comprometería su imparcialidad como primera mandataria  de Lérida. … Dicho lo anterior, ha de decirse que encuentra esta Regional  acreditado el supuesto táctico constitutivo en la causal de impedimento  señalada en precedencia, contenida en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, por lo que resulta viable aceptar el  impedimento planteado” y, consecuentemente, solicitó la designación de un  funcionario ad hoc.    

Que en virtud del concepto emitido por el  Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23  de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…) será de competencia del Presidente de la República decidir si  designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un  funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que,  en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa  para la cual se nombra con carácter transitorio (…)”, el gobernador  del departamento del Tolima, mediante comunicación radicada en el Ministerio  del Interior bajo PQSD-000526 y EXTMI19-1277 del 15 y 17 de enero de 2019,  respectivamente, y EXTMI19- 10831 del 19 de marzo del mismo año, avaló y  remitió la hoja de vida del abogado Hermilson Ciro Avilez, funcionario  vinculado al citado ente territorial, para ser designado como alcalde ad hoc  del municipio de Lérida, Tolima.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que con el fin de dar cumplimiento a los  principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar  alcalde ad hoc para el municipio de Lérida, Tolima.    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los  casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor  en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del  sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en concepto del 6 de marzo de  2014, radicado 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Designar como alcalde ad hoc del municipio de  Lérida, Tolima, al doctor Hermilson Ciro Avilez, identificado con la cédula de  ciudadanía 5873729, quien se desempeña en el cargo de Asesor, código 105, grado  02, en la planta global de la Gobernación del Tolima, para expedir el acto  administrativo de adjudicación de un bien inmueble ejido al señor Luis Eduardo  Suárez Rojas, quien tiene vínculos en tercer grado de afinidad con la  mandataria del municipio de Lérida, Tolima.    

Artículo 2°. Posesión. El alcalde ad hoc designado en este acto, deberá tomar  posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del  artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación.  Comunicar, a través del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto  al alcalde ad hoc designado; al alcalde titular del municipio de Lérida y, a la  Procuraduría Regional del Tolima.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de abril de 2019    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra del Interior,    

Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.    

               

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