DECRETO 730 DE 2018

Decretos 2018

             DECRETO 730 DE 2018    

(abril 27)    

D.O. 50.577, abril 27 de  2018    

por el cual se  dictan disposiciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones  atípicas para elegir Gobernador del departamento de Amazonas.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las que  le confieren los numerales 2°, 4° y 11 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 2° del Decreto Ley 2241  de 1986, y    

CONSIDERANDO:    

Que el próximo 29 de abril de 2018, se  llevará a cabo la elección atípica para Gobernador del departamento de  Amazonas.    

Que el artículo 316 de la Constitución Política,  preceptúa que en las votaciones que se realicen para la elección de autoridades  locales y para la decisión de asuntos del mismo carácter, solo podrán  participar los ciudadanos residentes en el respectivo municipio.    

Que los numerales 15 del artículo 2°, y 7°  del artículo 12 del Decreto Ley 2893  de 2011, establecen como funciones del Ministerio del Interior, las de “coordinar con las demás autoridades  competentes el diseño e implementación de herramientas y mecanismos eficientes  en materia electoral que busquen garantizar el normal desarrollo de los  procesos electorales” y promover el cumplimiento de las garantías de los  mismos, y velar por la salvaguarda de los derechos y deberes de los partidos y  movimientos políticos.    

Que con el fin de garantizar unas elecciones  transparentes, asegurar la pureza del sufragio y hacer todo lo necesario para  que este transcurra en orden y en paz, para evitar conductas que puedan atentar  contra el normal desarrollo del proceso electoral, se deben tomar medidas en  prevención del riesgo electoral cerrando fronteras en el departamento.    

Que dichas medidas deberán incluir controles  migratorios en el puesto terrestre y fluvial fronterizo de Leticia en el departamento  de Amazonas.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Cierre de paso terrestre y fluvial fronterizo. Ordénase el cierre del paso terrestre y fluvial fronterizo  de Leticia en el departamento de Amazonas durante el lapso comprendido entre las  4:00 a. m. del 28 de abril de 2018 hasta las 4:00 p. m., del 29 de abril de  2018.    

Parágrafo. La medida debe incluir controles  migratorios en el puesto terrestre y fluvial, se exceptúa de la restricción, el  tránsito que deban realizarse por razones de caso fortuito o fuerza mayor.    

Artículo 2°. Vigencia. Este decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de abril de  2018.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN.    

El Ministro del Interior,    

Guillermo Rivera Flórez.    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

María Ángela  Holguín Cuéllar.    

El Ministro de Defensa Nacional,    

Luis C. Villegas Echeverri.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *