DECRETO 724 DE 2018

Decretos 2018

DECRETO 724 DE 2018    

(abril 26)    

D.O. 50.576, abril 26 de  2018    

por la cual se  retira del servicio a un funcionario por cumplimiento de un fallo judicial.    

El Presidente de la República, en ejercicio  de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le  confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  el artículo 192 de la Ley 1437 de 2011, el  numeral 10 del artículo 2.2.11.1.1. del Decreto 1083 de 2015,  y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  número 684 del 26 de abril de 2017, se nombró con carácter provisional a la  doctora Carmenza Naranjo Trujillo, identificada con  cédula de ciudadanía número 39685250, en el cargo de Ministro Consejero, código  1014, grado 13, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores,  adscrito al Consulado de Colombia en Bilbao, España.    

Que el citado Decreto fue demandado en  Acción de Nulidad Electoral, radicado número 250002341000 2017 00727 00,  correspondiéndole el reparto de la demanda al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección  “B”.    

Que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección  “B”, mediante Sentencia número 2018-01-008 E del 25 de enero, resolvió:    

“Primero:  Declarar la Nulidad del Decreto  684 del 26 de abril de 2017, mediante el cual se nombra a la señora Carmenza Naranjo Trujillo con carácter provisional, como  Ministra Consejera, código 1014, grado 13, adscrito al consulado de Colombia en  Bilbao, España, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta  providencia”.    

Que mediante  memorando I-OAJI-18-001865 del 30 de enero de 2018, la Jefe de la Oficina  Asesora Jurídica Interna del Ministerio de Relaciones Exteriores, remitió copia  del proceso de nulidad electoral adelantado por el señor Mario Andrés Sandoval  Rojas, en contra del nombramiento en provisionalidad de la doctora Carmenza Naranjo Trujillo, radicado con el número  250002341000201700727 00, a la Dirección de Talento Humano, para la adopción de  las medidas administrativas dirigidas a su cumplimiento, al tenor de lo  dispuesto en el artículo 192 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo  Contencioso Administrativo.    

Que mediante  memorando I-OAJI 18-004735 del 5 de marzo de 2018, la Jefe de la Oficina  Asesora Jurídica Interna del Ministerio de Relaciones Exteriores, envió correo  electrónico, de la misma fecha, suscrito por la doctora Nathalia  Ximena Alfonso Quinche, Oficial Mayor del Tribunal  Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección “B”, en el cual informó que “De conformidad con  el artículo 289 del CPACA, me permito comunicarles para lo pertinente que la sentencia  del proceso de la referencia quedó ejecutoriada”.    

Que con fundamento en las consideraciones y  en atención a lo establecido en el artículo 192 de la Ley 1437 de 2011, la  autoridad adoptará las medidas necesarias para su ejecución dentro del término  de treinta (30) días contados a partir de su comunicación.    

Por lo anteriormente expuesto, es procedente  retirar del servicio a la doctora Carmenza Naranjo  Trujillo, en cumplimiento a la Sentencia proferida por el Tribunal  Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección “B”.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Retirar del servicio a la doctora Carmenza  Naranjo Trujillo, identificada con cédula de ciudadanía número 39685250, en el  cargo de Ministro Consejero, código 1014, grado 13, de la planta global del  Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado de Colombia en  Bilbao, España, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.    

Artículo 2°. La doctora Carmenza  Naranjo Trujillo contará con el término señalado en el literal d), artículo 61  del Decreto 274 de 2000  para hacer dejación del cargo y regresar al país.    

Artículo 3°. Comunicar a la doctora Carmenza  Naranjo Trujillo, el contenido del presente decreto, haciéndole saber que  contra el mismo no procede recurso alguno por tratarse de un acto de ejecución,  de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 del Código de Procedimiento  Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.    

Artículo 4°. Las erogaciones que ocasione el  cumplimiento del presente decreto se pagarán con cargo a los presupuestos del  Ministerio de Relaciones Exteriores y del Fondo Rotatorio del Ministerio de  Relaciones Exteriores.    

Artículo 5°. El presente decreto rige a  partir de su comunicación.    

Comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de abril de  2018.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

María Ángela  Holguín Cuéllar.    

               

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