DECRETO 691 DE 2019
(abril 24)
D.O. 50.934, abril 24 de 2019
por el cual se designa un representante del Presidente de la República en la Junta Directiva de la Sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia (RTVC).
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial la que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que mediante escritura pública número 3138 del 28 de octubre de 2004 otorgada en la Notaría Treinta y Cuatro (34) de Bogotá, D. C., se constituyó la sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia (RTVC) como sociedad entre entidades públicas, indirecta, del orden nacional y se aprobaron sus Estatutos.
Que los Estatutos de la sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia (RTVC) fueron modificados mediante las escrituras número 1762 del 2 de noviembre de 2005, 700 de 2006 y 774 de 2008 y allí se prevé que su Junta Directiva estará integrada, entre otros, por “Dos miembros designados por el Presidente de la República”.
Que se ha considerado la designación del doctor Álvaro Eduardo García Jiménez, identificado con la cédula de ciudadanía número 79304644, quien desempeña el empleo de Consejero Presidencial, código 1175 de la Consejería Presidencial para las Comunicaciones del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, como uno de sus representantes del Presidente de la República, en la Junta Directiva de la Sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia (RTVC).
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Designar al doctor Álvaro Eduardo García Jiménez, identificado con la cédula de ciudadanía número 79304644, quien desempeña el empleo de Consejero Presidencial, código 1175 de la Consejería Presidencial para las Comunicaciones del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, como uno de los representantes del Presidente de la República en la Junta Directiva de la Sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia (RTVC).
Artículo 2°. Comunicación. Comunicar a través de la Secretaría General del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones el presente acto administrativo.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 24 de abril de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
Sylvia Constaín.