DECRETO 678 DE 2018
(abril 18)
D.O. 50.568, abril 18 de 2018
por el cual se da cumplimiento a una decisión de la Procuraduría General de la Nación que ordena prorrogar la suspensión provisional Impuesta a un gobernador y se prorroga un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en particular las conferidas por los artículos 304 de la Constitución Política y 66 de la Ley 4ª de 1913, en concordancia con el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto número 1083 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 116 del 19 de enero de 2018, se suspendió provisionalmente en el ejercicio del cargo de gobernador de Córdoba al señor Edwin José Besaile Fayad, identificado con la cédula de ciudadanía 78739340 por el término de tres (3) meses, en cumplimiento del Auto de 18 de enero de 2018, radicación IUS 2017-664297 / IUC-D-2017- 988341, proferido por la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa de la Procuraduría General de la Nación.
Que mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo EXTMI18-15148 de 18 abril de 2018, la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa allegó copia del auto de 17 de abril de 2018, proferido dentro del proceso radicación IUS 2017-664297 / IUC-D-2017-988341, mediante el cual ordenó prorrogar la suspensión provisional del señor Edwin José Besaile Fayad identificado con cédula de ciudadanía 78739340, Gobernador del departamento de Córdoba, por el término de tres (3) meses a partir de la fecha, sin derecho a remuneración durante el término que dure la misma, advirtiéndole que no podrá ejercer cargos públicos o contratar con el Estado durante ese lapso.
Que la misma providencia de 17 de abril de 2018, ordenó oficiar al Presidente de la República, solicitándole que dé cumplimiento a la decisión de manera Inmediata respecto del señor Edwin José Besaile Fayad, y envíe oportunamente copia de su actuación para que haga parte del expediente.
Que conforme a lo antes expuesto, se hace necesario proceder a dar cumplimiento al auto de 17 de abril de 2018 dentro del proceso radicación IUS 2017-664297 / IUC-D-2017-988341 proferido por la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa de la Procuraduría General de la Nación que ordena la prórroga por tres (3) meses de la medida de suspensión provisional Impuesta al señor Edwin José Besaile Fayad, en su condición de gobernador del Departamento Córdoba, y así mismo resulta pertinente prorrogar el encargo efectuado mediante el Decreto número 116 de 2018.
Que exclusivamente, mientras la coalición “Programática y Política” conformada por el Partido Social de Unidad Nacional Partido de la “U”, el Partido Liberal Colombiano y el Movimiento de Autoridades Indígenas de Colombia AICO, que Inscribió la candidatura del gobernador de Córdoba, elabora la terna requerida y el Gobierno nacional verifica el cumplimiento de los requisitos de los ternados y se produce la designación con uno de los ternados y se posesiona, el Presidente de la República debe designar gobernador encargado para evitar vacíos de poder o de autoridad, conforme a lo indicado por la Corte Constitucional en la Sentencia C-448 de 1997, sin perjuicio de señalar que, una vez se produzca la designación de uno de los ternados, inmediatamente concluirá el encargo que por el presente decreto se prorroga.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Prórroga de la suspensión. Prorrogar la suspensión provisional en el ejercicio del cargo de Gobernador del departamento de Córdoba al señor Edwin José Besaile Fayad, identificado con cédula de ciudadanía 78739340, por el término de tres (3) meses, sin derecho a remuneración, en cumplimiento del auto proferido el 17 de abril de 2018, dentro del proceso radicación IUS 2017-664297 / IUC-D-2017-988341, de conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. Prórroga de encargo. Prorrogar la designación en encargo de la doctora Sandra Patricia Devia Ruiz, identificada con cédula de ciudadanía 51975831, quien actualmente se desempeña en el cargo de Director Técnico, Código 1020, Grado 23 de la Dirección de Gobierno y Gestión Territorial del Ministerio del Interior, como Gobernadora del Departamento de Córdoba efectuada mediante Decreto número 116 de 19 de enero de 2018, sin separarse de las funciones propias del cargo del cual es titular, mientras se designa gobernador por el procedimiento de terna.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto al señor Edwin José Besaile Fayad gobernador electo; a la doctora Sandra Patricia Devia Ruiz, gobernadora encargada en este acto; a la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa; a la Gobernación de Córdoba, la Registraduría Nacional del Estado Civil y al Consejo Nacional Electoral.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación y contra el no procede recurso alguno, conforme a lo establecido en el artículo 75 de Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 18 de abril de 2018.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro del Interior,
Guillermo Rivera Flórez.