DECRETO 668 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 668 DE 2019    

(abril 24)    

D.O. 50.934, abril 24 de 2019    

por el cual se  designa alcalde ad hoc para el municipio de Sonsón, departamento de Antioquia.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las  conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Oficio número 100-291-002009  del 11 de mayo de 2018, el señor Obed Zuluaga Henao, alcalde del municipio de  Sonsón, Antioquia, manifestó su impedimento para conocer de los trámites  relacionados con la caución por servidumbre minera, establecida en el artículo  285 del Código de Minas.    

Que mediante providencia calendada del 6 de  junio de 2018, en el proceso con radicación E-2018-217158, el Procurador  Regional de Antioquia aceptó el impedimento presentado por el señor Obed  Zuluaga Henao, al encontrar configurada la causal prevista en el numeral 1 del  artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, al  considerar que “Esta Procuraduría  Regional de Antioquia ACEPTA el citado impedimento, en atención a las razones  manifestadas por el Alcalde de Sonsón, Antioquia, al obrar como representante  legal actual del Municipio de Sonsón, quien es titular de una autorización  temporal para la explotación de material de construcción (otorgada por la  Agencia Nacional Minera y la Secretaría de Minas de la Gobernación de  Antioquia), y al mismo tiempo es el competente para fijar la caución  establecida en el artículo 285 del Código de Minas; como quiera que se  garantizaría el principio de imparcialidad dentro de la actuación”, y  consecuentemente, se ha remitido a la Presidencia de la República para que se  proceda, en virtud de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, a  designar funcionario ad hoc para dicho trámite.    

Que en virtud del concepto emitido por el  Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23  de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “… Será de competencia del presidente de la República decidir si  designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un  funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que,  en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa  para la cual se nombra con carácter transitorio…”, el gobernador del  departamento de Antioquia, mediante comunicación radicada en el Ministerio del  Interior bajo la PQRSD-017132 del 1º de noviembre de 2018 y EXTMI19-11614 del  22 de marzo de 2019, avaló y remitió la hoja de vida del doctor Juan José  Castaño Vergara, funcionario vinculado a la gobernación de Antioquia, para ser  designado como alcalde ad hoc del municipio de Sonsón.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que con el fin de dar cumplimiento a los  principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar  al alcalde ad hoc para el municipio de Sonsón, Antioquia.    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los  casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor  en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector,  como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y  Servicio Civil del Consejo de Estado en concepto del 6 de marzo de 2014,  radicado 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Designar como  alcalde ad hoc del municipio de Sonsón, Antioquia, al doctor Juan José Castaño  Vergara, identificado con la cédula de ciudadanía número 8060533, quien se  desempeña en el cargo de Director Administrativo, Código 009, Grado 02, NUC de  Planta 3093, ID de planta 0041, asignado a la Dirección de Fomento y Desarrollo  Minero de la Secretaría de Minas de la gobernación de Antioquia, para conocer  de los trámites relacionados con la caución por servidumbre minera, establecida  en el artículo 285 del Código de Minas.    

Artículo 2°. Posesión. El alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar  posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del  artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica  del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto al alcalde ad  hoc, al alcalde titular del municipio de Sonsón y a la Procuraduría Regional  del Antioquia.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de abril de  2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra del Interior,    

Nancy Patricia  Gutiérrez Castañeda.    

               

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