DECRETO 520 DE 2018

Decretos 2018

DECRETO 520 DE 2018     

(marzo 15)    

D.O. 50.536, marzo 15 de  2018    

por el cual se  modifica la integración del Consejo Directivo de la Defensa Civil Colombiana.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que  le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, y  el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Consejo Directivo de la Defensa Civil  Colombiana, mediante Acta número 003 del 21 de abril de 2015, decidió someter a  aprobación del Gobierno nacional, la modificación de la composición del Consejo  Directivo.    

Que la Defensa Civil Colombiana presentó al  Departamento Administrativo de la Función Pública la correspondiente  justificación técnica, la cual obtuvo concepto favorable.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modifíquese el artículo 42 del Decreto 2162 de 1992,  el cual quedará así:    

Artículo 42.  Consejo Directivo. El Consejo Directivo de la Defensa  Civil estará integrado por los siguientes miembros:    

1. Ministro de  Defensa Nacional o su delegado, quien lo presidirá.    

2. El delegado  del Ministerio de Salud y Protección Social.    

3. El delegado  del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.    

4. El Comandante  General de las Fuerzas Militares o su delegado.    

5. El Director de  la Policía Nacional o su delegado.    

6. El Director  Nacional de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres o su  delegado.    

7. Un miembro  independiente quien tendrá un suplente, igualmente con calidad de  independiente.    

Parágrafo 1°. Los miembros independientes serán elegidos por el Ministro de Defensa  Nacional, de acuerdo con el perfil establecido en los estatutos de la Defensa  Civil Colombiana”.    

Artículo 2°. Modifíquese el artículo 43 del Decreto 2162 de 1992,  el cual quedará así:    

“Artículo 43.  Normas generales para el funcionamiento del Consejo Directivo. Las normas  generales para el funcionamiento del Consejo Directivo se establecerán en los  estatutos internos que adopte la Defensa Civil Colombiana”.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase    

Dado en Bogotá, D. C., a 15 de marzo de  2018.    

JUAN MANUAL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Mauricio Cárdenas  Santamaría.    

El Ministro de Defensa Nacional,    

Luis C. Villegas Echeverry.    

La Directora del Departamento Administrativo  de la Función Pública,    

Liliana Caballero Durán.    

               

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