DECRETO 468 DE 2018

Decretos 2018

DECRETO 468 DE 2018     

(marzo 9)    

D.O. 50.530, marzo 9 de  2018    

por el cual se  designa Gobernador ad hoc para el departamento de Casanare.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las  conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa, en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante oficio de 7 de marzo de 2018,  el señor Josué Alirio Barrera Rodríguez, en su  calidad de Gobernador de Casanare, se declaró  impedido para ejercer las funciones relacionadas con los debates electorales,  ser clavero de las arcas triclave y presidir las  comisiones para la coordinación y seguimiento del respectivo proceso electoral,  invocando la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de  la Ley 1437 de 2011.    

Que mediante auto de 8 de marzo de 2018, con  radicados E-2018-105281 y E-2018- 106959 el Procurador Regional de Casanare aceptó el impedimento presentado por el señor  Josué Alirio Barrera Rodríguez y, consecuentemente,  solicitó la designación de un funcionario ad hoc.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que, con el fin de dar cumplimiento a los  principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar  Gobernador ad hoc  para el departamento de Casanare.    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en  los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un  servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni  cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la  Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014,  Radicado 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Designar como Gobernador ad hoc para el departamento de Casanare, al doctor Milton Álvarez Alfonso, identificado  con cédula de ciudadanía número 74845264 de Tauramena,  quien se desempeña en el cargo de Secretario de Despacho, código 020, grado 09,  de la Secretaría de Gobierno y Desarrollo Comunitario, adscrito al despacho del  Gobernador de Casanare, para actuar como Presidente  de la Comisión Departamental de Seguimiento Electoral y Clavero en las Arcas Triclaves del proceso electoral del 11 de marzo de 2018.    

Artículo 2°. Posesión. El Gobernador ad  hoc designado en este acto deberá tomar posesión  del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 92  del Decreto ley 1222  de 1986.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto al  Gobernador ad hoc,  al Gobernador titular del departamento de Casanare y  a la Procuraduría Regional del Casanare.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de marzo de 2018.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro del Interior,    

Guillermo Rivera Flórez.    

               

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