DECRETO 450 DE 2018

Decretos 2018

DECRETO 450 DE 2018     

(marzo 9)    

D.O. 50.530, marzo 9 de  2018    

por el cual se  designa Gobernadora ad hoc para el departamento de Casanare.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las  conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa, en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Oficio número 100.0443 de 28 de  junio de 2017, el doctor Josué Alirio Barrera  Rodríguez, Gobernador del departamento de Casanare,  se declaró impedido para conocer en segunda instancia el Proceso Policivo  número 006 de 2016, por cuanto uno de los apoderados de las partes interesadas  en el mismo es el abogado Eladio Amaya Carranza, que ha venido fungiendo como  contratista de la gobernación, invocando la causal de recusación prevista en el  numeral 5 del artículo 141 de la Ley 1564 de 2012,  Código General del Proceso.    

Que mediante auto de 14 de julio de 2017,  con número de radicación 2017-674171, el Procurador Regional de Casanare aceptó el impedimento invocado por el doctor Josué  Alirio Barrera Rodríguez, por configurarse un  conflicto de interés de conformidad con el numeral 4 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, y  así mismo, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que con el fin de dar cumplimiento a los  principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar  un Gobernador ad hoc  para el departamento de Casanare.    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en  los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un  servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni  cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la  Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014,  a través del radicado número 11001- 03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Designar como Gobernadora ad hoc del departamento de Casanare, a la doctora Liliana Rocío Burbano Bolaños,  identificada con la cédula de ciudadanía número 1026255937 quien se desempeña  en el cargo de Directora de Asuntos Legislativos, Código 0100, Grado 23, en el  Ministerio del Interior, para que asuma la función de conocer en segunda  instancia el Proceso Policivo número 006 de 2016.    

Artículo 2°. Posesión. La Gobernadora ad  hoc designada en este acto deberá tomar  posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del  artículo 92 del Decreto  ley número 1222 de 1986.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto a la  Gobernadora ad hoc,  al Gobernador titular del departamento de Casanare y  a la Procuraduría Regional de Casanare.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de marzo de 2018.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro del Interior,    

Guillermo Rivera Flórez.    

               

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