DECRETO 423 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 423 DE 2019     

(marzo 18)    

D.O. 50.899, marzo 18 de 2019    

por el cual se  hace una designación en provisionalidad en un cargo de Carrera Diplomática y  Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que  le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  el artículo 2.2.2.7.3., del Decreto 1083 de 2015  y los artículos 60, 61 y 62 del Decreto ley 274 de  2000    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 60 del Decreto ley 274 de  2000 “por el cual se regula el  Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular”, establece  que en virtud del principio de especialidad, podrán designarse en cargos de  Carrera Diplomática y Consular, a personas que no pertenezcan a ella, cuando  por aplicación de la ley vigente sobre la materia, no sea posible designar  funcionarios de Carrera Diplomática y Consular para proveer dichos cargos.    

Que como consta en la certificación GCDA  número 799 del 14 de enero de 2019, expedida por la Directora de Talento Humano  del Ministerio de Relaciones Exteriores, revisado el escalafón de Carrera  Diplomática y Consular existe un (1) funcionario de la planta global de la Carrera  Diplomática y Consular que, a la fecha, está ubicado en un cargo por debajo de  la categoría de Consejero.    

Que el funcionario se encuentra en  Disponibilidad desde el 26 de noviembre de 2018, situación administrativa  realizada a solicitud propia que no le permite tomar posesión en un cargo  equivalente a la categoría de Consejero, toda vez que es un retiro temporal del  servicio, sin perder el derecho a pertenecer a la carrera diplomática y  consular.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Designar en provisionalidad al doctor David Orlando  Rodríguez Escandón, identificado con cédula de ciudadanía número 13068759, en  el cargo de Consejero de Relaciones Exteriores, Código 1012, Grado 11, de la  planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Misión  Permanente de Colombia ante la Organización de los Estados Americanos (OEA),  con sede en Washington D. C., Estados Unidos de América.    

Artículo 2°. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del  presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de  Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 3°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del  Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los  términos que establezca la norma.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 18 de marzo de  2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro de Relaciones Exteriores,    

Carlos Holmes  Trujillo.    

               

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