DECRETO 418 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 418 DE 2019     

(marzo 18)    

D.O. 50.899, marzo 18 de 2019    

por el cual se  confiere una comisión a la planta externa del Ministerio de Relaciones  Exteriores.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las  que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  el artículo 6°, literal b) del artículo 53 y artículo 62 del Decreto ley 274 de  2000.    

CONSIDERANDO:    

Que mediante comunicación de fecha 26 de  diciembre de 2019, el Gobierno de la República de la India otorgó su  beneplácito para la designación del doctor Álvaro Sandoval Bernal, como  Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Colombia en ese país.    

Que el doctor Álvaro Sandoval Bernal, es  funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en  la categoría de Embajador, se encuentra cumpliendo el lapso de alternación en  la planta interna desde el 11 de julio de 2017.    

Que mediante acta 826 del 14 de febrero de  2019, La Comisión, en ejercicio de la función que le asigna el literal c) del  artículo 73 del Decreto ley 274 de  2000, recomienda el traslado del Embajador Álvaro Sandoval Bernal, por las  necesidades del servicio en el exterior.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Comisión. Comisiónase a la planta externa al doctor Álvaro  Sandoval Bernal, identificado con cédula de ciudadanía número 79123577, al  cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, Código 0036, Grado 25, de  la planta de Personal del Despacho de los Jefes de Misiones Diplomáticas y  Oficinas Consulares, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la  República de la India.    

Parágrafo. El doctor Álvaro Sandoval Bernal,  es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular en  la categoría de Embajador.    

Artículo 3°. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del  presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de  Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 4°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del  Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los  términos que establezca la normativa.    

Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 18 de marzo de  2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro de Relaciones Exteriores,    

Carlos Holmes  Trujillo.    

               

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