DECRETO 418 DE 2019
(marzo 18)
D.O. 50.899, marzo 18 de 2019
por el cual se confiere una comisión a la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 6°, literal b) del artículo 53 y artículo 62 del Decreto ley 274 de 2000.
CONSIDERANDO:
Que mediante comunicación de fecha 26 de diciembre de 2019, el Gobierno de la República de la India otorgó su beneplácito para la designación del doctor Álvaro Sandoval Bernal, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Colombia en ese país.
Que el doctor Álvaro Sandoval Bernal, es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de Embajador, se encuentra cumpliendo el lapso de alternación en la planta interna desde el 11 de julio de 2017.
Que mediante acta 826 del 14 de febrero de 2019, La Comisión, en ejercicio de la función que le asigna el literal c) del artículo 73 del Decreto ley 274 de 2000, recomienda el traslado del Embajador Álvaro Sandoval Bernal, por las necesidades del servicio en el exterior.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Comisión. Comisiónase a la planta externa al doctor Álvaro Sandoval Bernal, identificado con cédula de ciudadanía número 79123577, al cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, Código 0036, Grado 25, de la planta de Personal del Despacho de los Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República de la India.
Parágrafo. El doctor Álvaro Sandoval Bernal, es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular en la categoría de Embajador.
Artículo 3°. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
Artículo 4°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la normativa.
Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 18 de marzo de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Carlos Holmes Trujillo.