DECRETO 418 DE 2018

Decretos 2018

DECRETO 418 DE 2018     

(marzo 2)    

D.O. 50.523, marzo 2 de 2018    

por el cual se  reconoce el “Día del Docente Orientador” y se adiciona un artículo al Decreto 1075 de 2015  – Único Reglamentario del Sector Educación.    

El Presidente de la República de Colombia,  en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las  conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,  el artículo 2.2.2.4.13. del Decreto 1072 de 2015,  y en desarrollo del inciso 2° del artículo 49 del Decreto ley 1278  de 2002, y    

CONSIDERANDO:    

Que en el marco del procedimiento señalado  en el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 4 del Decreto 1072 de 2015  – Único Reglamentario del Sector Trabajo, el Ministerio de Educación Nacional  con la Unión Sindical de Directivos Docentes de Colombia (USDIDOC), el  Sindicato de Docentes Directivos de Colombia (SINDODIC), el Sindicato de  Trabajadores y Empleados de la Educación Nacional (Sintrenal)  y la Unión de Trabajadores de la Educación de Colombia (UTRADEC CGT),  celebraron el Acuerdo Colectivo del 23 de noviembre de 2017, el cual fue  debidamente depositado ante la Dirección Territorial de Bogotá del Ministerio  de Trabajo bajo el número de consecutivo DN-40 del 20 de diciembre de 2017;    

Que en dicho acuerdo se pactó declarar el 26  de febrero de cada año como el “Día  del Docente Orientador”, en reconocimiento a su labor en la formación  integral de sus estudiantes, el mejoramiento del clima de convivencia escolar,  así como en la construcción y fortalecimiento de las comunidades educativas;    

Que con el fin de dar aplicación al  mencionado acuerdo, se considera necesario que el día 26 de febrero de cada año  se reconozca en todo el territorio colombiano el “Día del Docente Orientador”,  previendo que este día se garantizará la prestación del servicio educativo a  los estudiantes;    

Que la presente norma es expedida en virtud  de la potestad reglamentaria del Presidente de la República, razón por la cual,  deberá ser incluida en el Decreto 1075 de 2015  – Único Reglamentario del Sector Educación, en los términos que a continuación  se establecen;    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Adición de un artículo al Decreto 1075 de 2015.  Adiciónese el artículo 2.3.8.1.4 al Capítulo 1, Título 8, Parte 3 del  Libro 2 del Decreto 1075 de 2015  – Único Reglamentario del Sector Educación, el cual quedará así:    

“Artículo 2.3.8.1.4. Reconocimiento del Día del Docente  Orientador. Reconózcase el 26 de febrero de cada año, como el “Día del Docente Orientador”.    

Parágrafo. El acto de reconocimiento del “Día del Docente Orientador”, que se  realizará en la fecha indicada en el presente artículo en las instituciones  educativas oficiales, no generará la desescolarización  de los estudiantes y, en todo caso, se garantizará la prestación del servicio  educativo”.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 2 de marzo de 2018.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

LA Ministra de Educación Nacional,    

Yaneth Giha Tovar.    

               

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