DECRETO 384 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO  384 DE 2019     

(marzo  13)    

D.O.  50.894, marzo 13 de 2019    

por el cual se ordena la publicación del Proyecto  de Acto Legislativo número 211 de 2018 Cámara, 033 de 2018 Senado “por el cual  se modifica el artículo 351 de la Constitución Política”.    

(Primera  Vuelta)    

El Presidente de la  República de Colombia, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 375 de la Constitución Política,  en concordancia con el artículo 119 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el día 17 de  octubre de 2018 los representantes Carlos Germán Navas Talero, José Luis Correa  López, Víctor Manuel Ortiz Joya, Juan Carlos Lozada Vargas, Buenaventura León  León, Rodrigo Arturo Rojas Lara, y otras firmas, presentaron ante la  Presidencia de la Cámara de Representantes el Proyecto de Acto Legislativo “por  el cual se modifica el artículo 351 de la Constitución Política”,  el cual fue radicado con el número 211 de 2018 Cámara, con todos los requisitos  constitucionales y legales con el fin de iniciar su trámite legislativo  constitucional; proyecto de Acto Legislativo que fue repartido a la Comisión  Primera Constitucional de la Cámara y enviado a la Imprenta Nacional con el fin  de que fuera publicado en la Gaceta del Congreso, tal como se indica en  constancia del Secretario General de la Cámara del 17 de octubre de 2018.    

Que el día 25 de  octubre de 2018 se recibe en la Secretaría General de la Comisión Primera de la  Cámara de Representantes el Proyecto de Acto Legislativo número 211 de 2018  Cámara “por el cual se modifica el artículo 351 de la Constitución Política”.    

Que el Proyecto de Acto Legislativo número 211  de 2018 Cámara “por el cual se modifica el artículo 351 de la Constitución Política”  fue publicado en la Gaceta del Congreso número 882 del 23 de octubre de 2018.    

Que el día 29 de  octubre de 2018 la Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional Permanente  de la Cámara de Representantes, mediante el acta 017 designa como ponente para  primer debate del Proyecto de Acto Legislativo número 211 de 2018 Cámara “por  el cual se modifica el artículo 351 de la Constitución Política”  al representante a la Cámara, Carlos Germán Navas Talero, fijando un término de  ocho (8) días para rendir el correspondiente informe, tal como se indica en la  comunicación suscrita por la secretaria de la Comisión Primera Constitucional  de la Cámara de Representantes del 29 de octubre de 2018.    

Que el día 30 de  octubre de 2018, la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente  de la Cámara de Representantes recibe informe de ponencia para primer debate  del Proyecto de Acto Legislativo número 211 de 2018 Cámara “por el cual se  modifica el artículo 351 de la Constitución Política”  por parte del representante a la Cámara, Carlos Germán Navas Talero el cual se  envía a leyes de Cámara para su publicación en la Gaceta del Congreso número  917 del 30 de octubre de 2018.    

Que en sesión del 30  de octubre de 2018, según consta en Acta número 21 de la misma fecha, se  anunció que en la próxima sesión se discutiría y votaría el Proyecto de Acto  Legislativo número 211 de 2018 Cámara “por el cual se modifica el artículo 351 de la Constitución Política”,  tal como se indica en constancia del Secretario de la Comisión Primera de la  Cámara de Representantes del 30 de octubre de 2018.    

Que en sesión del 31  de octubre de 2018 la Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara  de Representantes sometió a discusión la ponencia del Proyecto de Acto  Legislativo número 211 de 2018 Cámara “por el cual se modifica el artículo 351 de la Constitución Política”,  siendo aprobada la ponencia y el título de proyecto de acto legislativo con su  articulado, todo lo cual consta en el acta número 22 del 31 de octubre de 2018  y publicado en la Gaceta del Congreso número 955 del 8 de noviembre de 2018.    

La Mesa Directiva de  la Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes,  designa como ponente para segundo debate al representante a la Cámara, Carlos  Germán Navas Talero, tal como consta en certificación del Secretario general de  la Comisión Primera de la Cámara de Representantes del 31 de octubre de 2018.    

Que el 6 de  noviembre de 2018 la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional  Permanente de la Cámara de Representantes recibe ponencia para segundo debate  del Proyecto de Acto Legislativo número 211 de 2018 Cámara “por el cual se  modifica el artículo 351 de la Constitución Política”,  suscrita por el representante a la Cámara, Carlos Germán Navas Talero y se  envía a la Sección de Leyes para su respectiva publicación en la Gaceta del  Congreso número 955 del 8 de noviembre de 2018.    

Que en sesión  plenaria de la Cámara de Representantes el día 13 de noviembre de 2018 fue  considerado y aprobado el texto definitivo sin modificaciones del Proyecto de  Acto Legislativo número 211 de 2018 Cámara “por el cual se modifica el artículo  351 de la Constitución Política”,  tal como consta en el acta 27 del 13 de noviembre de 2018, y publicado en la  Gaceta del Congreso número 988 del 16 de noviembre de 2018, previo anuncio en  sesión plenaria el día 7 de noviembre de 2018, según consta en acta número 26  de la misma fecha.    

Que con oficio de  fecha 14 de noviembre de 2018, el Secretario general de la Cámara de  Representantes remite al señor presidente del Senado de la República el  expediente del Proyecto de Acto Legislativo número 211 de 2018 Cámara “por el  cual se modifica el artículo 351 de la Constitución Política”.    

Según sustanciación  del 15 de noviembre de 2018, de conformidad con el artículo 43 numeral 5 de la Ley 5ª de 1992  (Reglamento del Congreso), pasa al despacho del presidente del Senado de la  República el Proyecto de Acto Legislativo número 211 de 2018 Cámara, 33 de 2018  Senado “por el cual se modifica el artículo 351 de la Constitución Política” y  se envía a la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la  República, con el fin de ser estudiado en primer debate.    

Que el 15 de  noviembre de 2018, la Secretaría de la Comisión Primera del Senado de la  República recibe el Proyecto de Acto Legislativo número 211 de 2018 Cámara, 33  de 2018 Senado “por el cual se modifica el artículo 351 de la Constitución Política”.    

Que la Mesa Directiva  de la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República de  conformidad con el Acta MD-18 del 15 de noviembre de 2018 designó como ponente  para primer debate al senador Roosvelt Rodríguez Rengifo Laserna, fijando un  término de ocho (8) días para rendir el correspondiente informe, tal como se  indica en certificación secretarial del 15 de noviembre de 2018.    

Que el día 27 de  noviembre de 2018, la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional  Permanente del Senado de la República recibe ponencia para primer debate del  Proyecto de Acto Legislativo número 211 de 2018 Cámara, 33 de 2018 Senado “por  el cual se modifica el artículo 351 de la Constitución Política”,  suscrita por el senador Roosvelt Rodríguez Rengifo Laserna, en la cual se  propone dar primer debate en primera vuelta y se envía a Secretaría General  para su publicación en la Gaceta del Congreso número 1041 del 27 de noviembre  de 2018.    

Que en la sesión del  28 de noviembre de 2018, según consta en acta número 30 de la misma fecha, se  anunció el Proyecto de Acto Legislativo número 211 de 2018 Cámara, 33 de 2018  Senado, “por el cual se modifica el artículo 351 de la Constitución Política”,  según constancia secretarial de fecha 28 de noviembre de 2018.    

Que en la Comisión  Primera del Senado de la República el día 3 de diciembre 2018 fue considerado  el texto y el título del Proyecto de Acto Legislativo número 211 de 2018  Cámara, 33 de 2018 Senado “por el cual se modifica el artículo 351 de la Constitución Política”,  y se decidió conformar una comisión accidental para examinar el articulado de  la iniciativa y presentar el respectivo informe. La Comisión se integró por los  senadores Roosvelt Rodríguez, Paloma Valencia, Alexánder López, Esperanza  Andrade y Fabio Amín, tal como consta en el acta número 31 del 3 de diciembre  de 2018.    

Que en la Comisión  Primera del Senado de la República el día 4 de diciembre de 2018 fue  considerado y aprobado el texto y el título del Proyecto de Acto Legislativo  número 211 de 2018 Cámara, 33 de 2018 Senado “por el cual se modifica el  artículo 351 de la Constitución Política”,  tal como consta en el acta número 32 del 4 de diciembre de 2018 y constancia  secretarial de la misma fecha, y publicado en la Gaceta del Congreso número  1113 del 11 de diciembre de 2018. La presidencia designa como ponente para  segundo debate al senador Roosvelt Rodríguez Rengifo Laserna, con ocho (8) días  de término para rendir el correspondiente informe.    

Que el día 11 de  diciembre de 2018, la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional  Permanente del Senado de la República recibe ponencia para segundo debate del  Proyecto de Acto Legislativo número 211 de 2018 Cámara, 33 de 2018 Senado “por  el cual se modifica el artículo 351 de la Constitución Política”,  suscrita por el senador Roosvelt Rodríguez Rengifo Laserna y se envía a  Secretaria General para su publicación en la Gaceta del Congreso número 1113  del 11 de diciembre de 2018.    

Que con oficio de  fecha 11 de diciembre de 2018, el Secretario de la Comisión Primera Constitucional  Permanente del Senado de la República, remite al señor Secretario general del  Senado de la República con todos sus antecedentes y para que siga su curso  constitucional y reglamentario el expediente del Proyecto de Acto Legislativo  número 211 de 2018 Cámara, 33 de 2018 Senado “por el cual se modifica el  artículo 351 de la Constitución Política”.    

Que de conformidad  con la Sustanciación de Segunda Ponencia y Texto Definitivo de fecha 16 de  diciembre de 2018, suscrita por el Secretario general del Senado de la  República, en sesión plenaria del Senado de la República del 16 de diciembre de  2018, fue aprobado en segundo debate el texto definitivo del Proyecto de Acto  Legislativo número 211 de 2018 Cámara, 33 de 2018 Senado “por el cual se  modifica el artículo 351 de la Constitución Política”.  Lo anterior, según consta en el acta número 38 del 16 de diciembre de 2018,  previo su anuncio en sesión del 14 de diciembre de 2018 correspondiente al acta  número 37 y publicado en la Gaceta del Congreso 1153 del 21 de diciembre de  2018.    

Que el Congreso de  la República mediante comunicación del 1o de marzo de 2019, radicada el día 4  de marzo de 2019 en la Presidencia de la República, remitió para el trámite  pertinente el Proyecto de Acto Legislativo número 211 de 2018 Cámara, 33 de  2018 Senado “por el cual se modifica el artículo 351 de la Constitución Política”.    

Que en mérito de lo  expuesto:    

DECRETA:    

Artículo 1°. Ordenar  la publicación del Texto Definitivo del Proyecto de Acto Legislativo número 211  de 2018 Cámara – 33 de 2018 Senado “por el cual se modifica el artículo 351 de la Constitución Política”  (Primera Vuelta), el cual quedará así:    

“ACTO  LEGISLATIVO    

NÚMERO_______    

(PRIMERA  VUELTA)    

por el cual se modifica el artículo 351 de la Constitución Política.    

El  Congreso de Colombia    

DECRETA:    

“Artículo 1°. El  artículo 351 de la Constitución Política de  Colombia quedará así:    

Artículo 351. El Congreso no podrá  aumentar ninguna de las partidas del presupuesto de gastos propuestas por el  Gobierno, ni incluir una nueva, sino con la aceptación escrita del ministro del  ramo, salvo lo previsto en el inciso siguiente.    

Una vez aprobado el  monto definitivo del presupuesto de gastos decidido por las comisiones  conjuntas, las plenarias de las Cámaras podrán efectuar modificaciones al  proyecto de presupuesto hasta el veinte (20%) del presupuesto de inversión,  mediante traslados entre partidas, aumento o disminución de las mismas o  inclusión de nuevas partidas que estén relacionadas con el cumplimiento del  Plan Nacional de Desarrollo, siempre que no se alteren aquellas partidas que el  Congreso no puede eliminar o reducir y a las que se refiere el inciso  siguiente.    

El Congreso podrá  eliminar o reducir partidas de gastos propuestas por el Gobierno, con excepción  de las que se necesitan para el servicio de la deuda pública, las demás  obligaciones contractuales del Estado, la atención completa de los servicios  ordinarios de la administración y las inversiones autorizadas en los planes y  programas a que se refiere el artículo 341.    

Si se elevare el  cálculo de las rentas, o si se eliminaren o disminuyeren algunas de las  partidas del proyecto respectivo, las sumas así disponibles, sin exceder su  cuantía, podrán aplicarse a otras inversiones o gastos autorizados conforme a  lo prescrito en el inciso final del artículo 349 de la Constitución.    

Artículo 2°. El  presente acto legislativo rige desde su publicación”.    

El Presidente del  honorable Senado de la República,    

Ernesto Macías Tovar.    

El Secretario  General del honorable Senado de la República,    

Gregorio Eljach Pacheco.    

El Presidente de la  honorable Cámara de Representantes,    

Alejandro Carlos Chacón Camargo.    

El Secretario  General de la honorable Cámara de Representantes,    

Jorge Humberto Mantilla Serrano.    

Artículo 2°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese.    

Dado en Bogotá, D.  C., a 13 de marzo de 2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra del  Interior,    

Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.    

               

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