DECRETO 377 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 377 DE 2019     

(marzo  13)    

D.O.  50.894, marzo 13 de 2019    

por el cual se designa alcalde ad hoc para el  municipio de Armenia, departamento del Quindío.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y  legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante oficio  AM-PGG-555 de fecha 22 de noviembre de 2018, el doctor Óscar Castellanos  Tabares, alcalde del municipio de Armenia (Quindío), manifestó ante el  Procurador Regional del Quindío, impedimento para “expedir el |decreto de  fijación de tarifas por la prestación de servicio público de transporte  terrestre automotor colectivo de pasajeros”, teniendo en cuenta que él y su  cónyuge son propietarios de vehículos vinculados a la Cooperativa de Buses  Urbanos de Quindío (Cooburquín), la cual se encuentra habilitada para prestar  el servicio público de transporte terrestre automotor colectivo de pasajeros en  el municipio de Armenia.    

Que mediante auto de  fecha 30 de noviembre de 2018, en el proceso con radicación E-2018-585673, el  Procurador Regional del Quindío, aceptó el impedimento presentado por el doctor  Óscar Castellanos Tabares, en calidad de alcalde municipal de Armenia  (Quindío), conforme a las causales establecidas en los numerales 1 y 10 del  artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, al  considerar que: “…se observa que  efectivamente se presenta un interés particular que tiene relación directa con  el pronunciamiento que debe realizar y que puede afectar su imparcialidad y  transparencia, por cuanto la explotación comercial de los vehículos de servicio  público de transporte de su propiedad y los de su esposa presentan ingresos  económicos que les benefician de manera personal y directa…”, y  consecuentemente solicita se designe alcalde ad hoc para el municipio de  Armenia, departamento de Quindío.    

Que el Departamento  Administrativo de la Función Pública, mediante concepto número 20166000265301  de 23 de diciembre de 2016, precisó que “…  Será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un  empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario  de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso,  se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual  se nombra con carácter transitorio…”, y en virtud de ello, la  gobernadora (e) del departamento de Quindío, mediante comunicación radicada en  el Ministerio del Interior bajo EXTMI19-329 del 8 de enero de 2019, avaló y  remitió la hoja de vida, del doctor José Ignacio Rojas Sepúlveda, funcionario  vinculado a la gobernación de Quindío, para ser designado como alcalde ad hoc  del municipio de Armenia.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que con el fin de  dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad,  se procederá a designar alcalde ad hoc para el municipio de Armenia (Quindío).    

Que de conformidad  con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los  casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor  en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del  sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en concepto del 6 de marzo de  2014, radicado bajo el número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que en mérito de lo  expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Designar como alcalde ad  hoc del municipio de Armenia (Quindío), al doctor José Ignacio Rojas Sepúlveda,  identificado con cédula de ciudadanía 89002911, quien se desempeña en el cargo  de Secretario de Planeación Departamental, código 020, grado 06, de la  Administración Central Departamental del Quindío.    

Artículo 2°. Posesión. El alcalde ad hoc designado  en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda,  en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de  la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del  presente decreto al alcalde ad hoc, al alcalde titular del municipio de Armenia  y a la Procuraduría Regional del Quindío.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.  C., a 13 de marzo de 2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra del  Interior,    

Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.    

               

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