DECRETO 376 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO  376 DE 2019     

(marzo  13)    

D.O.  50.894, marzo 13 de 2019    

por el cual se designa alcalde ad hoc para el  municipio de Yaguará, departamento del Huila.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y  legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa, y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante  comunicación de 24 de abril de 2018, el doctor Rafael Ramírez González, Alcalde  municipal de Yaguará (Huila), manifestó impedimento para realizar el proceso de  escrituración de la casa 12, manzana Y, ubicada en el lote B de la ciudadela  San Pedro del referido municipio, la cual fue adjudicada al señor Iván Marino  Ramírez Méndez, identificado con cédula de ciudadanía 83238259, con ocasión de  los subsidios de vivienda otorgados por la anterior administración del  municipio, mediante Resolución 611 de 30 de diciembre de 2015, toda vez que uno  de los beneficiarios de ese subsidio es su hijo.    

Que mediante Auto  006 del 22 de junio 2018, radicado 2018-006 E-2018-244099, el Procurador  Regional del Huila aceptó el impedimento presentado por el doctor Rafael  Ramírez González, al considerar que “es  evidente que en el asunto en estudio el alcalde de Yaguará, al proceder a  realizar cualquier actuación administrativa, con el fin de materializar la  entrega, transferencia, registro y demás actos necesarios para el cumplimiento  de la Resolución Administrativa número 611 del 30 de diciembre de 2015,  resolución que asigna subsidios de vivienda modalidad nueva, al señor Iván  Marino Ramírez, quien es su hijo, debe inhibirse de tales procedimientos en  razón de su interés en el asunto en virtud del parentesco con el beneficiario  del subsidio”, encontrando configurada la causal prevista en el numeral  3 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y,  consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.    

Que en virtud del  concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública,  número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…) será de competencia del Presidente de  la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo  designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y  remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación  administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (…)”,  el gobernador del departamento del Huila, mediante comunicación radicada en el  Ministerio del Interior bajo EXTMI18-43134 y PQSD- 015776 de 17 de octubre de  2018 y EXTMI19-6575 del 21 de febrero de 2019, avaló y remitió la hoja de vida  del abogado Iván Bustamante Alarcón, funcionario vinculado al citado ente  territorial, para ser designado como alcalde ad hoc del municipio de Yaguará  (Huila).    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que con el fin de  dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad,  se procederá a designar alcalde ad hoc para el municipio de Yaguará (Huila).    

Que de conformidad  con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los  casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor  en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del  sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en concepto del 6 de marzo de  2014, radicado 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que en mérito de lo  expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Designar como alcalde ad  hoc del municipio de Yaguará (Huila), al doctor Iván Bustamante Alarcón,  identificado con cédula de ciudadanía 12129566, quien se desempeña en el cargo  de Profesional Universitario, código 219, grado 13 en la planta global de la  Gobernación del Huila, para adelantar todas las actuaciones administrativas  relacionadas con el subsidio otorgado al señor Iván Marino Ramírez Méndez por  el municipio de Yaguará (Huila).    

Artículo 2°. Posesión. El alcalde ad hoc designado  en este acto, deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que  corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través del  Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto al Alcalde ad hoc  designado; al Alcalde titular del municipio de Yaguará y, a la Procuraduría  Regional del Huila.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.  C., a 13 de marzo de 2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra del  Interior,    

Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.    

               

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