DECRETO 373 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 373 DE 2019     

(marzo  13)    

D.O.  50.894, marzo 13 de 2019    

por el cual se designa gobernador del departamento  de Córdoba.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales  y reglamentarias, en particular las conferidas por el artículo 303 de la Constitución Política,  en concordancia con el parágrafo 3 del artículo 29 de la Ley 1475 de 2011, y    

CONSIDERANDO:    

Que el señor Edwin  José Besaile Fayad, identificado con la cédula de ciudadanía número 78739340,  fue elegido en las elecciones de 25 de octubre de 2015 como gobernador del  departamento de Córdoba, para el período 2016-2019, inscrito por la coalición  “Programática y Política” conformada por: el Partido Social de Unidad Nacional  Partido de la “U”, el Partido Liberal Colombiano y el Movimiento de Autoridades  Indígenas de Colombia (AICO), según consta en el Formulario Coaliciones E-6.    

Que mediante fallos  de primera y segunda instancia del 27 de septiembre de 2018 y 14 de enero de  2019, proferidos por la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación  Estatal y por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación,  respectivamente, emitidos en el proceso radicado bajo el número IUS-2015-  407061/IUC-D-2015-50-813843, se declaró disciplinariamente responsable al señor  Edwin Besaile Fayad, identificado con la cédula de ciudadanía número 78739340,  en su calidad de gobernador del departamento de Córdoba, sancionándolo con  destitución e inhabilidad general por el término de diez (10) años.    

Que el presidente de  la República, mediante el Decreto  066 del 23 de enero de 2019, hizo efectiva la sanción disciplinaria de  destitución del cargo de gobernador del departamento de Córdoba e inhabilidad  general por el término de diez (10) años, impuesta por la Procuraduría General  de la Nación al señor Edwin José Besaile Fayad, identificado con la cédula de  ciudadanía número 78739340, en cumplimiento de la decisión de la Procuraduría  Segunda Delegada para la Contratación Estatal del 27 de septiembre de 2018,  confirmada por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación el  14 de enero de 2019, dentro del proceso IUS-2015-407061/ IUC-D-2015-50-813843 y  en el mismo acto se designó como gobernadora encargada del citado departamento,  a la doctora Sandra Patricia Devia Ruiz, identificada con cédula de ciudadanía  51975831, quien se desempeñaba en el cargo Director Técnico, Código 1020, grado  23 de la Dirección de Gobierno y Gestión Territorial del Ministerio del  Interior, separándola de sus funciones y, mientras se designaba gobernador por  el procedimiento de terna.    

Que el Consejo de  Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, consejera  ponente: María Elizabeth García González, en sentencia del veintisiete (27) de  octubre de dos mil once (2011), radicación numero:  11001-03-28-000-2010-00114-00, señaló:    

“… de lo precedentemente expuesto se colige que una de las  circunstancias que produce la falta absoluta de los Gobernadores es la  destitución decretada por la Procuraduría General de la Nación, y que la misma  no se hace efectiva con la sola ejecutoria de los actos administrativos expedidos  por el Ministerio Público. Para ello se precisa de la intervención del  Presidente de la República, quien habrá de expedir el acto administrativo que  concretice la medida, a través de separar del cargo al Gobernador destituido y  designar en su reemplazo la persona que habrá de actuar como tal, bien sea por  lo restante del período o mientras se realizan nuevas elecciones, según el  caso”.    

Que la falta  absoluta del cargo del gobernador del departamento de Córdoba se configuró  cuando el Gobierno nacional expidió el Decreto  066 del 23 de enero de 2019, razón por la cual, se generó una falta  absoluta a menos de dieciocho (18) meses de la terminación del periodo, lo cual  hace necesario designar un gobernador para lo que reste del periodo  constitucional.    

Que el inciso 3° del  artículo 303 de la Constitución Política de  Colombia señala que “siempre que se  presente falta absoluta a menos de dieciocho (18) meses el Presidente de la  República designará un Gobernador para lo que reste del periodo, respetando el partido,  grupo político o coalición por el cual fue inscrito el gobernador elegido”.    

Que el Secretario  General del Partido Social de Unidad Nacional Partido de la “U”, mediante  comunicación de fecha 30 de enero de 2019, radicada con el EXTMI19-3317 del 31  de enero de la misma anualidad, remitió la terna para la designación de  gobernador del departamento de Córdoba para el resto del periodo, la cual fue  convalidada jurídicamente por el Ministerio del Interior el día 11 de febrero  de 2019, según comunicación OFI19- 3303-OAJ-1400.    

Que en mérito de lo  expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Desígnase como  gobernadora del departamento de Córdoba a la doctora Sandra Patricia Devia  Ruiz, identificada con cédula de ciudadanía 51975831, hasta la finalización del  periodo constitucional (2016-2019).    

Artículo 2°. Comunicación. Comunicar, por  intermedio del Ministerio del Interior el contenido del presente decreto, a la  doctora Sandra Patricia Devia Ruiz, gobernadora designada en este acto, al  señor Edwin José Besaile Fayad, a la gobernación de Córdoba, al Procurador  Segundo Delegado para la Contratación Estatal y a la Sala Disciplinaria de la  Procuraduría General de la Nación.    

Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a  partir de su expedición y cesa los efectos del artículo 2° del Decreto  066 del 23 de enero de 2019.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.  C., a 13 de marzo de 2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra del  Interior,    

Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.    

               

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