DECRETO 365 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO  365 DE 2019     

(marzo  13)    

D.O.  50.894, marzo 13 de 2019    

por el cual se nombra un miembro principal de la  Junta Asesora de ProColombia.    

El Presidente de la  República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales que  le confieren el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 34 del Decreto número  210 de 2003    

CONSIDERANDO:    

Que de acuerdo con  lo dispuesto en el artículo 34 del Decreto número  210 de 2003, el Gobierno nacional estará representado en la Junta Asesora  del Fideicomiso ProColombia por “(…)  dos personas designadas por el Presidente de la República, de libre  nombramiento y remoción, en cuya ausencia actuarán los suplentes que él designe  (…)”;    

Que de conformidad con las normas citadas,  la Representación del Gobierno nacional en la Junta Asesora del Fideicomiso  ProColombia corresponde a dos (2) miembros principales y dos (2) miembros  suplentes;    

Que mediante Decreto  número 1313 del 14 de junio de 2012 se nombró al doctor Gonzalo Córdoba  Mallarino, identificado con la cédula de ciudadanía número 19443004 de Bogotá,  como miembro principal de la Junta Asesora de ProColombia, en representación  del Gobierno nacional;    

Que mediante comunicación  de fecha 28 de junio de 2018, el doctor Gonzalo Córdoba Mallarino, presentó la  renuncia a su cargo como miembro principal de la Junta Asesora de ProColombia,  en representación del Gobierno nacional;    

En mérito de lo  expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Nómbrese  al doctor Sergio Muñoz Gómez, identificado con la cédula de extranjería  número 454149, como miembro principal en representación del Gobierno nacional  en la Junta Asesora de ProColombia, en reemplazo del doctor Gonzalo Córdoba  Mallarino, identificado con la cédula de ciudadanía número 19443004 de Bogotá.    

Artículo 2°. Comunicar  al doctor Sergio Muñoz Gómez, el contenido del presente decreto, a través  de la Secretaría General de ProColombia.    

Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su comunicación.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.  C., a 13 de marzo de 2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.    

El Ministro de  Comercio, Industria y Turismo,    

José Manuel Restrepo Abondano.    

               

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