DECRETO 350 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 350 DE 2019     

(marzo 11)    

D.O. 50.892, marzo 11 de 2019    

por el cual se da  por terminado un encargo y se hace un nombramiento.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales en especial las  conferidas en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política de  Colombia, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.3.1 y  2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  309 del 28 de febrero de 2019 se encargó de las funciones del empleo de  Secretario General Código 0035 Grado 23, al doctor Carlos Alberto Baena López,  identificado con la cédula de ciudadanía número 79432123, quien desempeña el  empleo de Viceministro, Código 0020 del Despacho del Viceministerio de  Relaciones Laborales e Inspección, del Ministerio del Trabajo.    

Que se hace necesario dar por terminado el  encargo efectuado y nombrar a la doctora Carmiña Margarita Berrocal Guerrero,  identificada con cédula de ciudadanía número 45420429 en el cargo de Secretario  General Código 0035 Grado 23 del Ministerio del Trabajo.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Terminación de encargo. Dar por terminado, a partir de la fecha,  el encargo de las funciones del empleo de Secretario General, Código 0035 Grado  23, al doctor Carlos Alberto Baena López, identificado con la cédula de  ciudadanía número 79432123, quien desempeña el empleo de Viceministro, Código  0020 del Despacho del Viceministerio de Relaciones Laborales e Inspección, del  Ministerio del Trabajo.    

Artículo 2°. Nombramiento. Nombrar a partir de la fecha a la doctora Carmiña  Margarita Berrocal Guerrero, identificada con cédula de ciudadanía número  45420429 en el cargo de Secretario General Código 0035 Grado 23 del Ministerio  del Trabajo.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar a través de la Subdirección de Gestión  del Talento Humano, de la Secretaría General del Ministerio del Trabajo, el  presente Acto Administrativo.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 11 de  marzo de 2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra del Trabajo,    

Alicia Victoria Arango  Olmos.    

               

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