DECRETO 308 DE 2019
(febrero 28)
D.O. 50.881, febrero 28 de 2019
por el cual se acepta una renuncia en el Servicio Exterior y se declara la cesación de funciones.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto número 1067 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 083 del 23 de enero de 2017, se designó al señor Mattia Carlin, como Cónsul Honorario de Colombia en Venecia, República Italiana con circunscripción en toda la Región del Véneto.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.3.3.4 del Decreto número 1067 de 2015, “la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y de Servicio al Ciudadano estudiará la conveniencia de continuar con la Oficina Consular Honoraria, para lo cual solicitará la asistencia de la Misión Diplomática u Oficina Consular de Carrera que corresponda, para determinar si de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 2.2.1.3.2 de este decreto procede la continuación de la respectiva Oficina. Para lo anterior, deberá tenerse en cuenta la existencia de candidatos que se encuentren en disposición para asumir el cargo del Cónsul Honorario, y cumplan con los requerimientos de que trata este capítulo”.
Que a través de Memorando EITRM 0017 del 24 de enero de 2019, la Embajada de Colombia en Roma, remite la carta de renuncia del señor Mattia Carlin, Cónsul Honorario en Venecia, República Italiana.
Que mediante oficio No. 44 del 16 de enero de 2019, el señor Mattia Carlin, Cónsul Honorario en Venecia, comunicó su renuncia voluntaria.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptar la renuncia presentada por el señor Mattia Carlin como Cónsul Honorario de Colombia en Venecia, República Italiana.
Artículo 2°. Declarar la cesación de funciones del señor Mattia Carlin como Cónsul Honorario de Colombia en Venecia, República Italiana.
Artículo 3°. Comunicaciones. El presente decreto deberá ser comunicado por el Grupo Interno de Trabajo de Asuntos Consulares de la Dirección de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de febrero de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Carlos Holmes Trujillo García.