DECRETO 258 DE 2018
(febrero 2)
D.O. 50.495, febrero 2 de 2018
por el cual se hace una apertura de un Consulado Honorario y una designación en el Servicio Exterior.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada mediante la Ley 17 de 1971, el Gobierno de Colombia puede decidir libremente el nombramiento de Cónsules Honorarios.
Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.2.1 del Decreto 1067 de 2015, las funciones consulares honorarias podrán ser ejercidas por ciudadanos colombianos o extranjeros con disposición para actuar a favor de los intereses del Estado colombiano y de sus nacionales y que la escogencia del Cónsul Honorario deberá recaer sobre personas que mantengan vínculos con Colombia o la comunidad colombiana, y que acrediten poseer las condiciones económicas y de idoneidad adecuadas para desempeñar honrosamente las funciones que se le asignen.
Que como candidato a ocupar el Cargo de Cónsul Honorario de Colombia en Bangalore, la Embajada de Colombia en India ha propuesto, por medio del memorando I-EINND-09 del 13 de febrero de 2017, al señor Arif Vazirally, ciudadano nacional del Estado receptor y empresario de reconocida reputación con larga trayectoria en el sector farmacéutico y, quien ha presentado la documentación necesaria para acreditar que cumple con los requisitos establecidos por el Decreto 1067 de 2015.
Que mediante el Memorando I-GAUC-17-004668 del 1° de marzo de 2017, el Grupo Interno de Trabajo de Asuntos Consulares solicitó a la Dirección de Asia, África y Oceanía su concepto favorable para el nombramiento del señor Arif Vazirally y que posteriormente esa Dirección acogió positivamente la postulación, por medio del Memorando I-DIAAO-17- 004896 del 3 de marzo de 2017, así mismo, con Nota D. III/ 460/ CF-17/ 2017 del 12 de diciembre de 2017, el Ministerio de Asuntos Exteriores de la República de India, confirma el beneplácito al nombramiento.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Créase el Consulado Honorario de Colombia en Bangalore, con circunscripción en los Estados de Karnataka y Tamil Nadu de la República de India.
Artículo 2°. Desígnase al señor Arif Vazirally como Cónsul Honorario de Colombia en Bangalore, República de India.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de febrero de 2018.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN.
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Ángela Holguín Cuéllar.