DECRETO 2411 DE 2018

Decretos 2018

DECRETO 2411 DE 2018     

(diciembre 24)    

D.O. 50.817, diciembre 24  de 2018    

por el cual se  corrige el artículo 2.1.1.1.1.4.1.3 del Decreto 1077 de 2015,  en relación con la fórmula para la determinación de puntajes para la  calificación de postulaciones de subsidio familiar de vivienda.    

El Presidente de la República de Colombia,  en uso de las facultades legales, en especial las previstas en el artículo 45  del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo    

CONSIDERANDO:    

Que el Decreto 2190 de 2009,  “por el cual se reglamentan  parcialmente las Leyes 49 de 1990, 3 de 1991, 388 de 1997, 546 de 1999, 789 de 2002 y 1151 de 2007 en  relación con el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social en dinero para  áreas urbanas”, en su artículo 44, estableció la fórmula para la  determinación de puntajes para la calificación de postulaciones del Subsidio  Familiar de Vivienda.    

Que el mencionado decreto fue compilado en el Decreto 1077 de 2015  “por medio del cual se expide el Decreto  Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”, estableciendo  en su artículo 2.1.1.1.1.4.1.3 la siguiente fórmula para la determinación de  puntajes para la calificación de postulaciones:    

         

Que al momento de compilarse el mencionado Decreto 2190 de 2009,  se incurrió en un yerro al establecer que el coeficiente de multiplicación de  la variable B4 es de 424, sin embargo, corresponde a  un coeficiente de 4.24.    

Que en consecuencia, es necesario efectuar  el ajuste de la fórmula para la determinación de los puntajes en el sentido  anteriormente indicado, y    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modifíquese el artículo 2.1.1.1.1.4.1.3 del Decreto 1077 de 2015,  “por medio del cual se expide el Decreto  Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”, bajo el  entendido que la fórmula para la determinación de puntajes para la calificación  de postulaciones, es la siguiente:    

         

Artículo 2°. Las demás disposiciones  contenidas en el artículo 2.1.1.1.1.4.1.3 del Decreto 1077 de 2015  “por medio del cual se expide el Decreto  Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”, no se  modifican y continúan vigentes.    

Artículo 3°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su  publicación en el Diario Oficial.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de diciembre de  2018.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.    

El Ministro de Vivienda, Ciudad y  Territorio,    

Jonathan Malagón  González.    

               

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