DECRETO 2354 DE 2019
(diciembre 26)
D.O. 51.178, diciembre 26 de 2019
por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio del Interior y se dictan otras disposiciones.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los literales m y n del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno nacional modificó la estructura del Ministerio del Interior para fortalecer la dependencia encargada de adelantar el proceso de consulta previa, para lo cual se transformó la Dirección de Consulta Previa en una dependencia denominada Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, con autonomía administrativa y financiera, en los términos del literal j) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998.
Que se requiere modificar la planta de personal del Ministerio del Interior para crear los empleos que demande el desarrollo del proceso de consulta previa a cargo de la citada Dirección.
Que el Ministerio del Interior presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 al 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar la planta de empleos, obteniendo el respectivo concepto favorable.
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió concepto favorable de viabilidad presupuestal, para efectos de modificar la planta de personal del Ministerio del Interior.
DECRETA:
Artículo 1°. Supresión de empleos. Suprimir los siguientes empleos de la planta de personal global del Ministerio del Interior:
PLANTA GLOBAL
N° Cargos
Denominación del Cargo
Código
Grado
1 (Uno)
Director Técnico
0100
23
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
22
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
21
2 (dos)
Profesional Especializado
2028
20
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
19
2 (dos)
Profesional Especializado
2028
14
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
13
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
12
2 (dos)
Técnico Administrativo
3124
18
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
13
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
15
1 (Uno)
Conductor Mecánico
4103
19
Artículo 2°. Creación de empleos. Crear en la planta de personal del Ministerio del Interior, los siguientes empleos:
DESPACHO VICEMINISTRO PARA LA PARTICIPACIÓN E IGUALDAD DE DERECHOS
N°. Cargos
Denominación del Cargo
Código
Grado
3 (tres)
Asesor
1020
17
Artículo 3°. Crear los siguientes empleos para la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa. Las funciones propias de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, serán cumplidas por la planta de empleos que se crean a continuación:
N°. Cargos
Denominación del Cargo
Código
Grado
Uno (1)
Director Técnico
0100
24
Tres (3)
Subdirector Técnico
0150
23
Seis (6)
Profesional Especializado
2028
22
Dos (2)
Profesional Especializado
2028
20
Seis (6)
Profesional Especializado
2028
19
Treinta y siete (37)
Profesional Especializado
2028
15
Uno (1)
Profesional Especializado
2028
12
Seis (6)
Profesional Universitario
2044
11
Tres (3)
Técnico Administrativo
3124
18
Uno (1)
Técnico Administrativo
3124
13
Siete (7)
Técnico Administrativo
3124
07
Uno (1)
Auxiliar Administrativo
4044
15
Uno (1)
Conductor Mecánico
4103
19
Artículo 4°. Continuidad de las funciones. Los servidores del Ministerio del Interior cuyos empleos sean suprimidos en el artículo 1° del presente decreto continuarán cumpliendo las funciones y percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca su incorporación a la nueva planta de personal a que se refiere el artículo 3° del presente decreto y tomen posesión del cargo, de acuerdo con lo dispuesto en las normas legales vigentes sobre la materia.
Artículo 5°. Provisión de empleos. Los empleos vacantes de la planta de empleos de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior, serán provistos aplicando las disposiciones vigentes sobre la materia y de forma gradual, de conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la concurrencia de las respectivas apropiaciones.
Artículo 6°. Vigencia. El presente decreto rige a partir del 1° de enero de 2020 y modifica los Decretos 2896 de 2011, modificado por los decretos 669 de 2012, 2255 de 2014, 2626 de 2014, 1141 de 2018 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de diciembre de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra del Interior,
Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquillas Barrera.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.