DECRETO 2348 DE 2018

Decretos 2018

DECRETO  2348 DE 2018     

(diciembre 17)    

D.O.  50.810, diciembre 17 de 2018    

por el cual se prorrogan unos  empleos temporales en la planta de personal docente de la Escuela Superior de  Administración Pública (ESAP).    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial  las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 21 de la Ley 909 de 2004, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004  consagra que los organismos y entidades pueden crear en sus plantas de personal  empleos de carácter temporal o transitorio para el desarrollo de programas y  proyectos de duración determinada.    

Que la Escuela Superior de  Administración Pública (ESAP) tiene por objeto la capacitación, formación y  desarrollo, desde el contexto de la investigación, docencia y extensión  universitaria, de los valores, capacidades y conocimientos de la administración  y gestión de lo público que propendan a la transformación del Estado y el  ciudadano.    

Que en el Estatuto de Personal  Docente de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), se establece  la posibilidad de vincular docentes a la planta de manera temporal, de acuerdo  con los requisitos y condiciones para su provisión conforme lo señale el  Estatuto.    

Que de acuerdo con el Estatuto de  Personal Docente de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), los  docentes que ingresen a plantas temporales deberán observar las mismas reglas  establecidas en este Estatuto para los profesores de carrera, en materia de  funciones, clasificación en categorías del Escalafón, plan de trabajo,  evaluación, deberes, prohibiciones, inhabilidades, incompatibilidades,  situaciones administrativas, régimen disciplinario y las previstas para el  retiro del docente.    

Que el Departamento Nacional de  Planeación, mediante oficio 20174320437461 del 24 de julio de 2017, emitió  concepto favorable a la creación de la planta temporal de empleos docentes en  el marco del proyecto FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN ACADÉMICA E INVESTIGATIVA  DE LA ESAP, NACIONAL, en el cual la Subdirección de Educación del Departamento  Nacional de Planeación conceptuó que: “La ampliación de la planta docente de  la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) es un punto importante  para el proceso de acreditación en la alta calidad de la entidad. Dentro de los  factores que el Consejo Nacional de Acreditación (CNA) evalúa en una  institución de Educación Superior en proceso de acreditación está su planta  profesoral y el manejo de la misma, además de otros factores como su misión y  proyecto institucional, el manejo de sus estudiantes, sus procesos académicos,  su visibilidad nacional e internacional, sus procesos de investigación y  creación de conocimiento, su pertinencia e impacto social, sus procesos de  autoevaluación y autorregulación, bienestar institucional, su organización,  gestión y administración, sus recursos de apoyo académico e infraestructura y  sus recursos financieros. Así mismo, para iniciar el proceso de acreditación  institucional, es necesario que la institución tenga acreditados al menos el  25% del total de sus programas de pregrado y posgrado acreditable (requisito  que actualmente cumple la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP)) y  si es multi-sede, deberá tener programas acreditados  en por lo menos el 75% de sus campos o seccionales.    

En este  sentido, la ampliación en 100 cargos de la planta docente propuesta por este proyecto, contribuirá a fortalecer académicamente a la  Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), específicamente en lo que  respecta a la calidad de sus programas de Administración Pública Territorial,  los cuales se imparten en sus 16 sedes a nivel nacional. Un mayor número de  docentes permitirá atender de mejor forma a los estudiantes, reducir la carga  de los profesores actuales y fomentar la investigación lo cual redundará en una  educación de mejor calidad para las regiones. Esto permitirá continuar con el  proceso de acreditación de los programas y de esta forma cumplir el requisito  de tener programas acreditados en un 75% de las sedes, requerimiento que hace  falta para poder continuar en el proceso de acreditación institucional…”.    

Que la  Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) certificó que la financiación  de los 100 cargos temporales de la planta de personal docente,  está garantizada con cargo al proyecto de inversión “FORTALECIMIENTO DE LA  GESTIÓN ACADÉMICA E INVESTIGATIVA DE LA ESAP, NACIONAL”. La financiación está  prevista durante todo el horizonte del proyecto de inversión.    

Que el  Consejo Directivo Nacional de la Escuela Superior de Administración Pública  (ESAP) decidió someter a la aprobación del Gobierno nacional la modificación de  su planta de personal docente.    

Que la  Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) presentó al Departamento  Administrativo de la Función Pública el estudio de que  trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004,  modificado por el artículo 228 del Decreto ley 019 de  2012 y el Capítulo I del Título I de la Parte 2 del Decreto número  1083 de 2015, para la prórroga de la planta de empleos temporales docentes  el cual obtuvo concepto favorable de este Departamento Administrativo.    

Que de  acuerdo al estudio técnico para el fortalecimiento institucional relacionado  con la ampliación de planta docente de la Escuela Superior de Administración  Pública (ESAP), “los docentes actualmente vinculados no son suficientes para  cumplir con las funciones misionales de docencia tanto en pregrado como en  posgrado, investigación y proyección institucional, así como las funciones  académico-administrativas relacionadas con la actualización curricular, la  configuración de unidades didácticas de aprendizaje, el diseño de nuevas  herramientas pedagógicas, el acompañamiento a trabajos de grado, el fortalecimiento  de la labor de investigación que permitirá incrementar el número de grupos de  investigación reconocidos por Colciencias, la contribución en las actividades  de Extensión mediante programas de capacitación, asesorías y consultorías  ejecutados por la Escuela, por lo cual se hace necesario prorrogar la planta  temporal docente para que la relación del número de estudiantes respecto al  número de docentes de planta se adecúe a la calidad requerida”.    

Que la  Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y  Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal para la prórroga de la planta  temporal de empleos docentes.    

Que en  mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Prorróguese hasta el 31 de diciembre de 2019, la vigencia de los empleos  temporales de la planta de personal docente creados mediante el Decreto número  2188 de 2017 en la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP).    

Artículo  2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 2018.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.    

El Director del Departamento Administrativo de la Función  Pública, Fernando Antonio Grillo Burbano.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *