DECRETO 2343 DE 2018

Decretos 2018

DECRETO  2343 DE 2018     

(diciembre 17)    

D.O.  50.810, diciembre 17 de 2018    

por el cual se hace una  designación en provisionalidad en un cargo de Carrera Diplomática y Consular  del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  el artículo 2.2.2.7.3 del Decreto 1083 de 2015  y los artículos 60, 61 y 62 del Decreto ley 274 de  2000.    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 60 del Decreto ley 274 de  2000 “Por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la  Carrera Diplomática y Consular”, establece que en virtud del principio de  especialidad, podrán designarse en cargos de Carrera Diplomática y Consular, a  personas que no pertenezcan a ella, cuando por aplicación de la ley vigente  sobre la materia, no sea posible designar funcionarios de Carrera Diplomática y  Consular para proveer dichos cargos.    

Que como consta en la  certificación GCDA número 779 del 6 de diciembre de 2018, expedida por la  Directora de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores, revisado  el escalafón de Carrera Diplomática y Consular no existen funcionarios de la  planta global de la Carrera Diplomática y Consular que a la fecha estén  ubicados en cargos por debajo de la categoría de Primer Secretario, en  aplicación del artículo 53 del Decreto 274 de 2000  y/o del artículo 37 literales a). y b). en concordancia con el artículo 40 del  mismo Decreto.    

Que por lo  anterior,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Designar  en provisionalidad a la doctora Daniela Marulanda Marulanda,  identificada con cédula de ciudadanía número 1088248367, en el cargo de Primer  Secretario de Relaciones Exteriores, código 2112, grado 19, de la planta  global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de  Colombia ante el Gobierno de la República Italiana.    

Artículo 2°. Erogaciones. Las  erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto,  se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores  y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 3°. Comunicación.  Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones  Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca  la norma.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de  diciembre de 2018.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Viceministra de Relaciones  Exteriores encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones  Exteriores, Luz Stella Jara Portilla.    

               

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