DECRETO 2342 DE 2018
(diciembre 17)
D.O. 50.810, diciembre 17 de 2018
por el cual se hace una designación en provisionalidad en un cargo de Carrera Diplomática y Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 2.2.2.7.3 del Decreto 1083 de 2015 y los artículos 60, 61 y 62 del Decreto ley 274 de 2000,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 60 del Decreto ley 274 de 2000 “Por cual se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular”, establece que en virtud del principio de especialidad, podrán designarse en cargos de Carrera Diplomática y Consular, a personas que no pertenezcan a ella, cuando por aplicación de la ley vigente sobre la materia, no sea posible designar funcionarios de Carrera Diplomática y Consular para proveer dichos cargos.
Que como consta en la certificación GCDA número 782 del 10 de diciembre de 2018, expedida por la Directora de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores, revisado el escalafón de Carrera Diplomática y Consular no existen funcionarios de la planta global de la Carrera Diplomática y Consular que a la fecha estén ubicados en cargos por debajo de la categoría de Ministro Consejero, en aplicación del artículo 53 del Decreto 274 de 2000 y/o de los artículos 37 literales a) y b) en concordancia con el artículo 40 del mismo Decreto.
Que por lo anterior,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Designar en provisionalidad a la doctora Ana Carolina Pérez Bohórquez, identificada con cédula de ciudadanía número 42164270, en el cargo de Ministro Consejero, código 1014, grado 13, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado General Central de Colombia en Madrid, Reino de España.
Artículo 2°. Funciones Consulares. La doctora Ana Carolina Pérez Bohórquez ejercerá las funciones de Cónsul del Consulado General Central de Colombia en Madrid.
Artículo 3°. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
Artículo 4°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 2018.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Viceministra de Relaciones Exteriores encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores, Luz Stella Jara Portilla.