DECRETO 2316 DE 2019
(diciembre 20)
D.O. 51.178, diciembre 26 de 2019
por el cual se desvincula un funcionario en el servicio exterior.
Nota: Corregido por el Decreto 103 de 2020.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 2 y 13 del artículo 189 de la Constitución Política y de acuerdo con el Decreto 1083 de 2015, Decretos Leyes 663 de 1993 y 274 de 2000.
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 1667 del 1º de agosto de 2013 se nombró a la doctora Marcela del Socorro Astudillo Palomino, identificada con cédula de ciudadanía número 31.973.970 de Cali, en el cargo de Agregado Comercial, con categoría de Consejero en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de España.
Que mediante comunicación de fecha 18 de octubre de 2019, la doctora Marcela del Socorro Astudillo Palomino, presentó la renuncia al cargo de Agregado Comercial, con categoría de Consejero en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de España.
Que en mérito de lo anterior,
DECRETA:
Artículo 1°. Desvincúlese, a partir de la fecha, a la Doctora Marcela del Socorro Astudillo Palomino, identificada con cédula de ciudadanía número 31.973.970 de Cali, del cargo de Agregado Comercial, con categoría de Consejero en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de España.
Artículo 2°. Corregido por el Decreto 103 de 2020, artículo 1º. En virtud de lo anterior, vincúlese mediante nombramiento al doctor Silverio Gómez Carmona, identificado con cédula de ciudadanía número 19241844 de Bogotá, D. C., al cargo de Agregado Comercial, con categoría de Consejero en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de España.
Texto inicial del artículo 2º: “En virtud de lo anterior, vincúlese mediante nombramiento al doctor Silverio Gómez Cardona, identificado con cédula de ciudadanía número 19.241.844 de Bogotá D. C., al cargo de Agregado Comercial, con categoría de Consejero en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de España.”.
Artículo 3°. Todas las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se pagarán con cargo a los recursos del Fideicomiso Procolombia antes Proexport Colombia.
Artículo 4°. Corregido por el Decreto 103 de 2020, artículo 2º. Comunicar, a la doctora Marcela del Socorro Astudillo Palomino y al doctor Silverio Gómez Carmona, el contenido del presente Decreto, a través de la Secretaría General de Procolombia.
Texto inicial del artículo 4º: “Comunicar, a la doctora Marcela del Socorro Astudillo Palomino y al doctor Silverio Gómez Cardona, el contenido del presente decreto, a través de la Secretaría General de Procolombia.”.
Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 20 de diciembre de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Claudia Blum.
El Ministro de Comercio Industria y Turismo,
Jose Manuel Restrepo Abondano.