DECRETO 2315 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 2315 DE 2019     

(diciembre 20)    

D.O. 51.178, diciembre 26 de 2019    

por el cual se hace  una designación en provisionalidad en un cargo de Carrera Diplomática y  Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le  confiere el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política,  los artículos 60, 61 y 62 del Decreto Ley 274 de  2000 y los artículos 2.2.2.7.3 y 2.2.5.1.12 del Decreto 1083 de 2015    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 60 del Decreto  ley 274 de 2000 por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera  Diplomática y Consular, establece que en virtud del principio de  especialidad, podrán designarse en cargos de Carrera Diplomática y Consular, a  personas que no pertenezcan a ella, cuando por aplicación de la ley vigente  sobre la materia, no sea posible designar funcionarios de Carrera Diplomática y  Consular para proveer dichos cargos.    

Que de acuerdo con la certificación  l-GCDA-19-024297 del 13 de noviembre de 2019, expedida por el Coordinador del  Grupo Interno de Trabajo de Carreras Diplomática y Administrativa del  Ministerio de Relaciones Exteriores, revisado el escalafón de Carrera  Diplomática y Consular y teniendo en cuenta los literales a) y b) del artículo  37, y el artículo 53 del Decreto Ley 274 de  2000, se constata que para la categoría de Primer Secretario, no  existen funcionarios de la planta global de la Carrera Diplomática y Consular  que, a la fecha, estén ubicados en cargos por debajo de esa categoría.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Designar en provisionalidad a Eliana Marcela  Espinosa Silva, identificada con cédula de ciudadanía número 1.049.612.702,  en el cargo de Primer Secretario de Relaciones Exteriores, código 2112, grado  19, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la  Embajada de Colombia ante el Reino de Bélgica.    

Artículo 2°. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del  presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de  Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 3°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del  Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los  términos que establezca la norma.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase    

Dado en Bogotá, D. C., a. 20 de diciembre de  2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

Claudia Blum    

               

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