DECRETO 2307 DE 2018

Decretos 2018

DECRETO  2307 DE 2018     

(diciembre 17)    

D.O.  50.810, diciembre 17 de 2018    

por el cual se designa Alcaldesa ad hoc para el municipio de Buenavista,  departamento de Boyacá    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en  particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa, en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que  mediante oficio MB-DA-2018-116 de 29 de mayo de 2018, el doctor Carlos Augusto  Salinas Medina, Alcalde Municipal de Buenavista, Boyacá, manifestó impedimento  para que sea asignada defensa jurídica técnica en la acción de repetición con radicado  2015-040, donde es accionante el municipio de Buenavista y el accionado es el  señor Néstor Salinas Suárez, invocando la causal prevista en el numeral 1 del  artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.    

Que  mediante auto 1657 de 5 de julio 2018, radicado E-2018-254209, el Procurador  Regional de Boyacá aceptó el impedimento presentado por el doctor Carlos  Augusto Salinas Medina, para conocer respecto de la acción de repetición,  radicada bajo el número 2015-040, donde es accionante el municipio de  Buenavista y accionado Néstor Salinas Suárez y, consecuentemente, solicitó la  designación de un funcionario ad hoc.    

Que en  virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función  Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual  precisó que “(…) [s]erá de competencia del  Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o  territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de  libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para  realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter  transitorio (…)”, el gobernador del departamento de Boyacá, mediante  comunicaciones radicadas en el Ministerio del Interior, bajo EXTMI18-37799 de  13 de septiembre de 2018 y EXTMI18-39127 de 21 de septiembre de 2018,  respectivamente, avaló y remitió la hoja de vida de la doctora Claudia Cristina  Rodríguez López, funcionaria vinculada a dicho ente territorial, para ser  designado como alcaldesa ad hoc del municipio de Buenavista, Boyacá.    

Que el  artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que con el  fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e  imparcialidad, se procederá a designar alcalde ad hoc para el municipio de  Buenavista, Boyacá.    

Que de  conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los  casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor  en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del  sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, radicado  11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que en  mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Designación. Designar como alcaldesa ad hoc del municipio de  Buenavista, Boyacá, a la doctora Claudia Cristina Rodríguez López, identificada  con cédula de ciudadanía número 40032042, quien se desempeña en el cargo de  Profesional Universitario, código 219, grado 02, dentro de la planta global de  la Gobernación de Boyacá, para conocer respecto de la acción de repetición,  radicada bajo el número 2015- 040, donde es accionante el municipio de  Buenavista y accionado Néstor Salinas Suárez.    

Artículo  2°. Posesión. La alcaldesa ad hoc designada en este acto, deberá tomar  posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del  artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo  3°. Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto a la Alcaldesa ad hoc designada en el presente decreto, al  Alcalde titular del municipio de Buenavista, Boyacá y a la Procuraduría  Regional de Boyacá.    

Artículo  4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 2018.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez  Castañeda.    

               

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