DECRETO 2306 DE 2018
(diciembre 17)
D.O. 50.810, diciembre 17 de 2018
por el cual se designa Alcalde ad hoc para el municipio de Puerto Berrío, departamento de Antioquia.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa, en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante auto de 27 de julio de 2016, proferido por la Juez 23 Administrativa de Medellín, dentro del radicado número 2013-01109, resolvió suspender el proceso al advertir una causal de impedimento y consecuentemente recusó al Alcalde de Puerto Berrío, Antioquia, señor Jaime Andrés Cañas Morales.
Que mediante comunicación con radicado 003623 de 21 de octubre de 2016, el señor Jaime Andrés Cañas Morales, Alcalde del municipio de Puerto Berrío, Antioquia, aceptó dicha recusación, para pronunciarse sobre el acto materia de la demanda.
Que mediante auto de 22 de noviembre de 2017, en el proceso con radicado IUS 2016-425410, el Procurador Regional de Antioquia, aceptó la recusación formulada por la doctora Catalina María Serna Acosta, Juez 23 Administrativa Oral de Medellín, contra el señor Jaime Andrés Cañas Morales, en calidad de Alcalde Municipal de Puerto Berrío, Antioquia, “al establecer que el alcalde conoció el asunto en época anterior, en el sentido de haber participado en la votación del acuerdo número 050 de 2011, se evidenció que votó en contra de la liquidación del hospital La Cruz de Puerto Berrío, según consta en el acta número 050, concluyendo que participó en la discusión y votación del acto general del cual se demanda la nulidad” encontrándose configurada la causal prevista en el numeral 2 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “… Será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizarla actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio…”, el gobernador del departamento de Antioquia, mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo EXTMI18-49062 de 23 de noviembre de 2018, avaló y remitió la hoja de vida, entre otras, de la doctora Yenny Cristina Quintero Herrera, funcionaria vinculada a dicho ente territorial, para ser designada como alcaldesa ad hoc del municipio de Puerto Berrío.
Que el artículo 209 de la Constitución Política, preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.
Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar alcalde ad hoc para el municipio de Puerto Berrío, Antioquia.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, radicado 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Designar como alcaldesa ad hoc del municipio de Puerto Berrío, Antioquia, a la doctora Yenny Cristina Quintero Herrera, identificada con cédula de ciudadanía 1128270144, quien se desempeña en el cargo de Director Administrativo, código 009, grado 02, NUC de planta 3061, ID de planta 0064, asignado al Grupo de Trabajo Dirección de Titulación Minera de la Secretaría de Minas, adscrito a la planta global de la Administración Departamental – Nivel Central de la Gobernación de Antioquia, para otorgar poder a un abogado que represente los intereses de la entidad demandada, dentro del proceso radicado bajo el número 2013-01109, que cursa en el Juzgado 23 Administrativo Oral de Medellín.
Artículo 2°. Posesión. La Alcaldesa ad hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar por intermedio del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto a la Alcaldesa ad hoc designada, al Alcalde titular del municipio de Puerto Berrío y a la Procuraduría Regional de Antioquia.
Artículo 4. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 2018.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.