DECRETO 2274 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 2274 DE 2019    

(diciembre 13)    

D.O. 51.166, diciembre 13 de 2019    

por medio del cual se modifica el Decreto 226 de 2013  “por el cual se crea la Comisión Intersectorial de orientación y apoyo al  financiamiento de programas y proyectos de inversión de la Subcuenta  Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina”    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y  legales, en especial las conferidas en el artículo 45 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Decreto 226 de 2013  creó la “Comisión Intersectorial de orientación y apoyo al financiamiento de  programas y proyectos de inversión de la Subcuenta Departamento Archipiélago de  San Andrés, Providencia y Santa Catalina”.    

Que el artículo 6°  del Decreto 226 de 2013  dispone que la presidencia de la Comisión Intersectorial de orientación y apoyo  al financiamiento de programas y proyectos de inversión de la Subcuenta  Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina estará a  cargo del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la  República, o su delegado.    

Que el Decreto 1784 de 2019  modificó la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la  República y en el numeral 3 del artículo 24 le asignó a la Consejería Presidencial  para las Regiones la función de “Coordinar y apoyar a las entidades competentes  del orden nacional y territorial en la ejecución de políticas y el desarrollo  programas, planes y proyectos estratégicos del Gobierno nacional en territorio,  atendiendo las directrices del Presidente de la República y del Jefe de  Gabinete”.    

Que resulta  pertinente modificar el Decreto 226 de 2013  para incluir al Consejero presidencial para las Regiones como integrante de la  Comisión Intersectorial de orientación y apoyo al financiamiento de programas y  proyectos de inversión de la Subcuenta Departamento Archipiélago de San Andrés,  Providencia y Santa Catalina, en reemplazo del Director del Departamento  Administrativo de la Presidencia de la República.    

Que por lo anterior,    

DECRETA:    

Artículo 1°.  Modificar el artículo 3° del Decreto 226 de 2013  “por el cual se crea la Comisión Intersectorial de orientación y apoyo al  financiamiento de programas y proyectos de inversión de la Subcuenta  Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina”, el cual  quedará así:    

“Artículo 3°. Integración. La Comisión  Intersectorial de orientación y apoyo al financiamiento de programas y  proyectos de inversión de la Subcuenta Departamento Archipiélago de San Andrés,  Providencia y Santa Catalina estará integrada por:    

1. El Ministro del  Interior o su delegado.    

2. El Ministro de  Relaciones Exteriores o su delegado.    

3. El Consejero  Presidencial para las Regiones o su delegado.    

4. El Director del  Departamento Nacional de Planeación o su delegado.    

5. El Gobernador de  San Andrés, Providencia y Santa Catalina o su delegado.    

6. El Alcalde de  Providencia o su delegado.    

Parágrafo 1°. En el  caso de los Ministros, la representación en las sesiones de la Comisión  Intersectorial solo podrá ser delegada en los Viceministros y en el caso del  Director del Departamento Nacional de Planeación, en uno de sus Subdirectores  Generales. Para el caso del Consejero Presidencial para las Regiones, en un  funcionario del nivel asesor.    

Parágrafo 2°. A la  Comisión Intersectorial de orientación y apoyo al financiamiento de programas y  proyectos de inversión de la Subcuenta Departamento Archipiélago de San Andrés,  Providencia y Santa Catalina asistirán y participarán con voz y sin voto, como  Invitados Permanentes:    

1. 5 Representantes  del Presidente de la República.    

Parágrafo 2°. Además  de los invitados permanentes, la Comisión podrá invitar a sus sesiones a las  personas o servidores públicos que considere necesarios para el mejor  desarrollo de la misma, quienes participarán con voz, pero sin voto.    

Artículo 2°.  Modificar el artículo 5° del Decreto 226 de 2013  “por el cual se crea la Comisión  Intersectorial de orientación y apoyo al financiamiento de programas y  proyectos de inversión de la Subcuenta Departamento Archipiélago de San Andrés,  Providencia y Santa Catalina”, el cual quedará así:    

“Artículo 5°. Funcionamiento. La Comisión  Intersectorial de orientación y apoyo al financiamiento de programas y  proyectos de inversión de la Subcuenta Departamento Archipiélago de San Andrés,  Providencia y Santa Catalina, se reunirá ordinariamente y por derecho propio  trimestralmente o de forma extraordinaria cuando existan hechos o  circunstancias que así lo ameriten.    

Sin perjuicio de lo  establecido en el presente decreto, el reglamento interno establecerá los  mecanismos y requerimientos para deliberar y decidir, así como las reglas  aplicables a cada sesión de la Comisión y las obligaciones de sus miembros,  presidente y secretaría técnica.    

De las sesiones se  levantarán actas que serán suscritas por el Presidente y el Secretario Técnico,  luego de ser aprobadas por los miembros. La conservación de las actas estará a  cargo del secretario técnico.    

Artículo 3°.  Modificar el artículo 6° del Decreto 226 de 2013  “por el cual se crea la Comisión Intersectorial de orientación y apoyo al  financiamiento de programas y proyectos de inversión de la Subcuenta  Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina”, el cual  quedará así:    

“Artículo 6°. Presidencia. La Comisión  Intersectorial de orientación y apoyo al financiamiento de programas y  proyectos de inversión de la Subcuenta Departamento Archipiélago de San Andrés,  Providencia y Santa Catalina, será presidida por el Consejero Presidencial para  las Regiones del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,  o su delegado.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 471 de 2013  “por el cual se modifica el Decreto 226 de 2013”.    

Publíquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, a 13  de diciembre de 2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Director del  Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

El Director del  Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,    

Diego Andrés Molano Aponte.    

               

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