DECRETO 2235 DE 2019
(diciembre 9)
D.O. 51.162, diciembre 9 de 2019
por el cual se confiere la condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial” para el año 2019.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 66 de la Ley 4 de 1913, en concordancia con el artículo 10 del Decreto 1258 de 1970,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 1258 de 1970, creó la condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”, con el fin de exaltar las virtudes y servicios de los funcionarios y empleados de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Público y como estímulo a la honestidad, consagración, perseverancia y superación de estos servidores del Estado, en tres categorías: oro, plata y bronce, detalladas así:
• Medalla de oro: es extraordinaria y se otorgará por merecimientos excepcionales a quienes hayan ocupado las más altas posiciones en la Magistratura y el Ministerio Público, habiendo contribuido así a enriquecer la jurisprudencia y a prestigiar la administración de justicia.
• Medalla de plata: se concederá por servicios eminentes a la causa de la justicia y por singular consagración al cumplimiento del deber.
• Medalla de bronce: se distinguirá a quienes, por su dedicación continua, su pulcritud y prestancia, merezcan ser señalados como ejemplos de devoción en el servicio.
Que de acuerdo con lo establecido en los artículos 9° y 10 del Decreto 1258 de 1970, el Presidente del Consejo Superior de la Judicatura, organismo que subrogó las competencias del entonces Consejo Superior de la Administración de Justicia, comunicó al Ministerio de Justicia y del Derecho la Resolución número PCSJSR19-209 del 22 de noviembre de 2019, por medio de la cual dicha Corporación determinó los funcionarios merecedores de la condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”.
Que de conformidad con lo establecido en el Decreto 1258 de 1970, la imposición de la condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”, en sus categorías oro, plata y bronce, la hará el Presidente de la República o la persona designada para tal efecto,
DECRETA:
Artículo 1°. Condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial” en la Categoría Oro. Conferir la condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”, en la categoría oro, por sus merecimientos excepcionales y contribución al enriquecimiento de la jurisprudencia, así como al prestigio de la administración de justicia, a los siguientes funcionarios:
• Honorable Magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado, Presidenta de la Corte Constitucional;
• Honorable Magistrado, Álvaro Fernando García Restrepo, Presidente de la Corte Suprema de Justicia;
• Honorable Magistrada Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez, Presidenta del Consejo de Estado;
• Honorable Magistrado Max Alejandro Flórez Rodríguez, Presidente del Consejo Superior de la Judicatura.
Artículo 2°. Condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial” en la Categoría de Plata. Conferir la Condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”, en la categoría plata, por sus servicios eminentes a la causa de la justicia y por su singular consagración al cumplimiento del deber, a los siguientes funcionarios:
• Orlando Quintero García, Magistrado de la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga;
• Carlos Fernando Gómez Ruiz, Juez Primero Promiscuo Municipal de Bochalema del Distrito Judicial de Cúcuta;
• Francy del Pilar Pinilla Pedraza, Magistrada del Tribunal Administrativo de Santander;
• Adriana Inés Bravo Urbano, Juez Quinta Administrativa de Pasto;
• Miguel Ángel Barrera Núñez, Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria – Seccional Caldas.
Artículo 3°. Condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial” en la Categoría de Bronce. Conferir la Condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial” en la categoría bronce, por su dedicación continua, su pulcritud y prestancia, mereciendo ser señalados como ejemplo de devoción en el servicio, a los siguientes funcionarios:
• Hernán Leandro Correa Cardozo, Magistrado Auxiliar de la Corte Constitucional;
• José Domingo Roncancio Patiño, Magistrado Auxiliar de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia;
• Carmen Alicia Solarte Benites, Relatora del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto;
• Édgar Mauricio Medina Ramírez, Profesional Universitario, Grado 16, del Juzgado Segundo Administrativo de Neiva;
• Ramiro Alonso Sandoval Parra, Auxiliar Judicial, Grado 03, de la Secretaría de la Sección Primera del Consejo de Estado;
• María Consuelo Meza Urrutia, Auxiliar Judicial, Grado 01, de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria – Seccional Cesar;
• Martha Cecilia Sanabria Ochoa, Profesional Universitario, Grado 21, de la Unidad de Administración de Carrera Judicial del Consejo Superior de la Judicatura;
• Luz Marina Vargas Rojas, Técnico, Grado 13, de la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico del Consejo Superior de la Judicatura.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 9 de diciembre de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Justicia y del Derecho,
Margarita Leonor Cabello Blanco.