DECRETO 2224 DE 2019
(diciembre 4)
D.O. 51.157, diciembre 4 de 2019
por el cual se designa un Director General de la Policía Nacional de Colombia Ad – Hoc dentro de las Investigaciones Disciplinarias INSGE-2018-80, INSGE-2018-28, GRUTE-2018-16, INSGE-2014-161, GRUTE-2017- 48, GRUTE-2018-13, GRUTE-2018-11 y GRUTE-2017-40.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el inciso segundo del parágrafo del artículo 26 del Decreto Ley 1791 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministro de Defensa Nacional de conformidad con lo dispuesto por los artículos 9° y 10 de la Ley 62 de 1993, 87 de la Ley 734 de 2002, 38 de la Ley 489 de 1998, y 34 del Decreto 1512 de 2000, es competente para resolver los impedimentos presentados por el Director General de la Policía Nacional para conocer de las investigaciones disciplinarias dentro de la institución policial;
Que dentro de la Investigación Disciplinaria INSGE-2018-80, el Director General de la Policía Nacional, General Óscar Atehortúa Duque, ostentando en el pasado, el cargo de Inspector General de la Policía Nacional (E) para el 16 de abril de 2018, apertura indagación preliminar P-INSGE-2018-72 y solicitó practica de pruebas; así mismo, en su calidad de Inspector General de la Policía Nacional para el 2 de octubre de 2018, resolvió negar la solicitud de nulidad dentro de la Investigación Disciplinaria INSGE-2018-80 y en audiencia disciplinaria de fecha 7 de noviembre de 2018, dispuso rendir alegatos de conclusión;
Que dentro de la Investigación Disciplinaria INSGE-2018-28, el Director General de la Policía Nacional, General Óscar Atehortúa Duque, ostentando en el pasado, el cargo de Inspector General de la Policía Nacional (E) para el 21 de febrero y 17 de marzo de 2018, avocó competencia dentro de la Investigación; así mismo, en su calidad de Inspector General de la Policía Nacional con auto de fecha 15 de mayo de 2018, resolvió solicitud de pruebas, con providencia del 8 de junio de 2018, declaró el cierre de la investigación disciplinaria de Radicado INSGE-2018-28, y finalmente mediante auto de fecha 10 de diciembre de 2018, resolvió negar la solicitud de nulidad;
Que dentro de la Investigación Disciplinaria GRUTE 2018-16, el Director General de la Policía Nacional, General Óscar Atehortúa Duque, ostentando en el pasado, el cargo de Inspector General de la Policía Nacional (E), el 19 de abril de 2018, apertura indagación preliminar P-GRUTE-2018-14 y ordenó practica de pruebas; así mismo, en su calidad de Inspector General de la Policía Nacional con auto del 6 de agosto de 2018, resolvió tramitar la actuación por el procedimiento verbal, bajo el Radicado GRUTE-2018-16, dispuso práctica de pruebas y formulación de cargos al investigado y finalmente instauró audiencias disciplinarias que se encuentran contenidas en las actas de fecha 3 de octubre y 21 de noviembre de 2018;
Que dentro de la Investigación Disciplinaria INSGE-2014-161, el Director General de la Policía Nacional, General Óscar Atehortúa Duque, ostentando en el pasado, el cargo de Inspector General de la Policía Nacional (E), el 20 de febrero de 2018, asumió competencia en cumplimiento a orden administrativa de personal y para el 19 de abril de 2018, declaró el cierre de la investigación disciplinaria por vencimiento de términos; así mismo, en su calidad de Inspector General de la Policía Nacional con auto de fecha de 5 de mayo de 2018, formuló pliego de cargos contra el investigado;
Que dentro de la Investigación Disciplinaria GRUTE-2017-48, el Director General de la Policía Nacional, General Óscar Atehortúa Duque, ostentando en el pasado, el cargo de Inspector General de la Policía Nacional, celebró audiencias disciplinarias que se encuentran consignadas en actas del 1° de agosto, 24 de octubre y 5 de diciembre de 2018;
Que dentro de la Investigación Disciplinaria GRUTE-2018-13, el Director General de la Policía Nacional, General Óscar Atehortúa Duque, ostentando en el pasado, el cargo de Inspector General de la Policía Nacional (E), el 21 de febrero de 2018, apertura la indagación preliminar P-GRUTE-2018-7 y ordenó práctica de pruebas; así mismo en su calidad de Inspector General de la Policía Nacional, con auto del 25 de mayo de 2018 avocó competencia de la indagación preliminar, dispuso tramitar la actuación por el procedimiento verbal, bajo el Radicado GRUTE-2018-13, ordenó citar audiencia disciplinaria, formular cargos a los investigados y practicar pruebas y finalmente instauró audiencias disciplinarias que se encuentran contenidas en las actas de fecha 9 de agosto, 20 de septiembre y 16 de octubre de 2018;
Que dentro de la Investigación Disciplinaria GRUTE 2018-11, el Director General de la Policía Nacional, General Óscar Atehortúa Duque, ostentando en el pasado, el cargo de Inspector General de la Policía Nacional (E), el 27 de febrero de 2018, avocó competencia de la Indagación Preliminar P-GRUTE-2017-36 y resolvió tramitar la actuación por el procedimiento verbal, bajo el Radicado GRUTE-2018-11, ordenó citar audiencia disciplinaria, dispuso práctica de pruebas y formulación de cargos a los investigados; así mismo, en su calidad de Inspector General de la Policía Nacional celebró audiencias disciplinarias para práctica de pruebas consignadas en autos de fechas 21 de marzo, 12 de abril, 16 de mayo, 30 de mayo, 18 de julio, 14 de agosto, 12 de septiembre, 19 de septiembre y 4 de octubre de 2018;
Que dentro de la Investigación Disciplinaria GRUTE-2017-40, el Director General de la Policía Nacional, General Óscar Atehortúa Duque, ostentando en el pasado, el cargo de Inspector General de la Policía Nacional, instaló audiencias disciplinarias protocolizadas en actas de audiencia de fechas 19 de julio, 13 de septiembre y 25 de octubre de 2018;
Que dentro de los procesos disciplinarios antes referidos, los distintos sujetos procesales presentaron recursos frente a las providencias dentro de las investigaciones disciplinarias, así: i) INSGE-2018-80, el defensor del señor Mayor (R) Mauricio Morera Pedroza, recurrió el fallo de primera instancia del 12 de febrero de 2019; ii) INSGE-2018-28, la señora Patrullera Carolina Ramírez Patiño, presentó recurso de apelación contra el auto de fecha 18 de febrero de 2019 que negó parcialmente la práctica de pruebas, el cual fue concedido en auto de fecha 27 de febrero de 2019; iii) GRUTE-2018-16, la señora Tatiana Álvarez Perdomo, en su calidad de quejosa, presentó recurso de alzada contra el fallo de primera instancia del 30 de abril de 2019; iv) INSGE-2014-161, el señor Mayor (R) Echeverri Vásquez Óscar a través de su apoderado presentó recurso de apelación contra el fallo de primera instancia del 20 de marzo de 2019; v) GRUTE-2017-48, el señor Capitán Saldarriaga Cuentas Jair Alonso a través de su defensor, recurrió el fallo de primera instancia del 2 de abril de 2019; vi) GRUTE-2018-13, la señora Teniente Cardona Román Liliana Patricia y el señor Patrullero Salazar Pinzón Juan Diego presentaron recurso de apelación contra el fallo de primera instancia del 23 de abril de 2019; vii) GRUTE-2018-11, el señor Intendente Caballero Puerto José Alexánder, mediante su defensora, presentó recurso de alzada contra el fallo de primera instancia de fecha 5 de marzo de 2019; viii) GRUTE-2017-40 el señor Teniente Coronel (R) Morales Fernández Juan Miguel y la señora Capitán Godoy Barrero Yessica Marlén, presentaron recurso de apelación contra el fallo de primera instancia de fecha 26 de febrero de 2019. Que en consideración a lo anterior, el Director General de la Policía Nacional profiere los autos de fechas 3 de abril, 28 de junio, 17 de junio, 8 de julio, 28 de junio, 9 de julio, 28 de mayo y 1° de agosto de 2019, respectivamente, declarándose impedido para conocer y resolver los recursos presentados, invocando la causal contemplada en el numera 4 del artículo 84 de la Ley 734 de 2002, “Haber (…) manifestado su opinión sobre el asunto materia de la actuación”;
Que el Ministro de Defensa Nacional, con autos de fechas 5, 9, 14, 23 (en tres de los procesos disciplinarios aquí referenciados) de agosto y 2 de septiembre de 2019, en ejercicio de las facultades legales conferidas por los artículos 9° y 10 de la Ley 62 de 1993, 87 de la Ley 734 de 2002, 38 de la Ley 489 de 1998 y 34 del Decreto 1512 de 2000, resolvió aceptar los impedimentos declarados por el señor General Óscar Atehortúa Duque, Director General de la Policía Nacional de Colombia, para conocer y resolver los recursos de apelación presentados contra las siguientes providencias: i) fallo de primera instancia del 12 de febrero de 2019, proferido dentro del Proceso Disciplinario INSGE-2018-80; ii) auto del 18 de febrero de 2019 que negó parcialmente la práctica de pruebas dentro del Proceso INSGE-2018-28; iii) fallo de primera instancia de fecha 30 de abril de 2019, dentro de la Investigación Disciplinaria GRUTE-2018-16; iv) fallo de primera instancia del 20 de marzo de 2019, dentro de la Investigación Disciplinaria INSGE-2014-161; v) fallo de primera instancia del 2 de abril de 2019, dentro de la Investigación Disciplinaria GRUTE-2017-48; vi) fallo de primera instancia del 23 de abril de 2019, dentro de la Investigación Disciplinaria GRUTE-2018-13; vii) fallo de primera instancia del 5 de marzo de 2019, dentro de la Investigación Disciplinaria GRUTE-2018-11 y viii) fallo de primera instancia del 26 de febrero de 2019, dentro de la Investigación Disciplinaria GRUTE-2017-40;
Que de conformidad con lo dispuesto por el parágrafo del artículo 26 del Decreto Ley 1791 de 2000, para la Designación del Director de la Policía Nacional, el Gobierno nacional escogerá entre los Oficiales Generales de la institución;
Que de acuerdo con lo anteriormente indicado, es procedente designar un Director General de la Policía Nacional de Colombia Ad -Hoc, para conocer y resolver las diferentes actuaciones dentro de los procesos disciplinarios donde se encuentra impedido el señor General Óscar Atehortúa Duque, Director General de la Policía Nacional de Colombia.
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Desígnese como Director General de la Policía Nacional de Colombia Ad – Hoc, al señor Mayor General Moreno Maldonado Gustavo Alberto, identificado con la cédula de ciudadanía número 10115494, Subdirector General de la Policía Nacional, para que avoque el conocimiento y resuelva los recursos presentados en contra de: i) el fallo de primera instancia del 12 de febrero de 2019, proferido dentro del Proceso Disciplinario INSGE-2018-80; ii) el auto del 18 de febrero de 2019, que negó parcialmente la práctica de pruebas dentro del Proceso INSGE-2018-28; iii) el fallo de primera instancia de fecha 30 de abril de 2019, proferido dentro de la Investigación Disciplinaria GRUTE-2018-16; iv) el fallo de primera instancia del 20 de marzo de 2019, proferido dentro de la Investigación Disciplinaria INSGE-2014-161; v) el fallo de primera instancia del 2 de abril de 2019, dentro de la Investigación Disciplinaria GRUTE-2017-48; vi) el fallo de primera instancia del 23 de abril de 2019, proferido dentro de la Investigación Disciplinaria GRUTE-2018-13; vii) el fallo de primera instancia del 5 de marzo de 2019, proferido dentro de la Investigación Disciplinaria GRUTE-2018-11 y viii) el fallo de primera instancia del 26 de febrero de 2019, proferido dentro de la Investigación Disciplinaria GRUTE-2017-40, de conformidad con la parte considerativa del presente decreto.
Artículo 2°. Comunicación. Por intermedio de la Secretaría General de la Policía Nacional, comuníquese el contenido del presente decreto al Director General de la Policía Nacional de Colombia titular, al Director General de la Policía Nacional de Colombia Ad – Hoc, designado en el presente acto administrativo, así como a los sujetos procesales.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 4 de diciembre de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro de Defensa Nacional,
Carlos Holmes Trujillo García.