DECRETO 2158 DE 2019
(noviembre 29)
D.O. 51.152, noviembre 29 de 2019
por el cual se hace un traslado a la planta interna del Ministerio de Relaciones Exteriores
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, artículos 35 al 40, y el artículo 62 del Decreto Ley 274 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que, el literal b del artículo 39 del Decreto Ley 274 de 2000, señala que cumplido por el funcionario el término correspondiente a cada lapso la Dirección de Talento humano o la dependencia que hiciere sus veces, coordinará las gestiones administrativas para disponer el desplazamiento del funcionario en legal forma.
Que el Grupo Interno de Trabajo de Carreras Diplomática y Administrativa, mediante memorando I-GCDA-19-022576 del 21 de octubre de 2019, envió el listado de funcionarios que han cumplido con el lapso de alternación y frecuencia en las plantas interna y externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Que mediante Decreto 172 del 22 de enero de 2018 se comisionó al señor Álvaro Calderón Ponce de León, identificado con cédula de ciudadanía número 80420699 al cargo de Ministro Plenipotenciario, código 0074, grado 22, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de los Estados Americanos (OEA) con sede en Washington, Estados Unidos de América.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Traslado. Trasládase a la planta interna al señor Álvaro Calderón Ponce de León, identificado con cédula de ciudadanía número 80420699 al cargo de Ministro Consejero, código 1014, grado 13, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Parágrafo. El señor Álvaro Calderón Ponce de León es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de Ministro Consejero.
Artículo 2°. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
Artículo 3°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 4. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de noviembre de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Claudia Blum.