DECRETO 2060 DE 2018
(noviembre 1°)
D.O. 50.764, noviembre 1º de 2018
por medio del cual se acepta una renuncia y se hace un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 2.2.11.1.3 y 2.2.5.9.7 del Decreto número 1083 de 2015,
Que el doctor Andrés Marcelo González Narváez, identificado con la cédula de ciudadanía número 72286777, presentó renuncia al empleo de Secretario General, Código 0035 Grado 22, de la Planta globalizada del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes).
Que para garantizar la prestación del servicio, se requiere encargar a la doctora Lilia Viviana Forero Álvarez, identificada con la cédula de ciudadanía número 1019043112 de Bogotá, de las funciones del empleo de Secretario General del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes).
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptación de renuncia. Acéptase a partir de la fecha la renuncia presentada por el doctor Andrés Marcelo González Narváez, identificado con la cédula de ciudadanía número 72286777, al empleo de Secretario General, Código 0035 Grado 22, de la Planta globalizada del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes).
Artículo 2°. Encargo. Encargar a partir de la fecha a la doctora Lilia Viviana Forero Álvarez, identificada con la cédula de ciudadanía número 1019043112 de Bogotá, actual Asesora Código 1020 Grado 13, del empleo de Secretario General, Código 0035 Grado 22 en el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes).
Artículo 3°. Comunicación. El presente decreto deberá ser comunicado por la Coordinadora G.I.T. Talento Humano del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes).
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 1° de noviembre de 2018.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Director del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes),
Ernesto Lucena Barrero.