DECRETO 2056 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 2056 DE 2019      

(noviembre 13)    

D.O. 51.136, noviembre 13 de 2019    

por el cual se hace un traslado en la planta externa del Ministerio de  Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la  República de Colombia, En ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales, en especial las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  parágrafo 2° del artículo 39 y el artículo 62 del Decreto ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante acta  821 del 3 de octubre de 2018, la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática  y Consular en ejercicio de la función que le asigna el literal c) del artículo  73 del Decreto ley 274 de  2000, aprobó el traslado en comisión para situaciones especiales a planta  externa, por el término de (1) año, del Ministro Plenipotenciario Luis Carlos  Rodríguez Gutiérrez.    

Que mediante Decreto  2082 del 7 de noviembre de 2018, se trasladó a la planta externa al señor  Luis Carlos Rodríguez Gutiérrez identificado con cédula de ciudadanía número  79322219 al cargo de Ministro Plenipotenciario, código 0074, grado 22, de la  planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado  General de Colombia en Antofagasta, Chile.    

Que teniendo en  cuenta que el 3 de diciembre de 2019 se cumple el término de la comisión para  situaciones especiales otorgada al señor Luis Carlos Rodríguez Gutiérrez es  procedente ubicarlo en el destino en donde cumplirá su periodo de alternación  en planta externa.    

Que en mérito de lo  expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Traslado. Trasládese dentro de la  planta externa al señor Luis Carlos Rodríguez Gutiérrez identificado con cédula  de ciudadanía número 79322219 al cargo de Ministro Plenipotenciario, código  0074, grado 22, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores,  adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de los Estados Unidos  Mexicanos.    

Parágrafo. 1°. El  señor Luis Carlos Rodríguez Gutiérrez es funcionario inscrito en el escalafón  de la Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de Embajador.    

Artículo 2°. Erogaciones. Las erogaciones que  ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los  presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 3°. Comunicación. Corresponderá a la  Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la  comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.  C., a 13 de noviembre de 2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro de  Relaciones Exteriores,    

Carlos Holmes Trujillo García.    

               

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