DECRETO 2016 DE 2018
(noviembre 1°)
D.O. 50.764, noviembre 1º de 2018
por el cual se designa Alcaldesa ad hoc para el municipio de Acevedo, departamento del Huila.
Nota: Modificado por el Decreto 2352 de 2019.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa, en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante comunicación de 29 de noviembre de 2017, la Alcaldesa del municipio de Acevedo, Huila, doctora Luzdey Artunduaga Castro, manifestó encontrarse impedida para asumir el conocimiento del trámite de legalización, venta y titulación del predio ubicado en la carrera 3 N° 10A-73, barrio La Paz, con Matrícula número 206-31649, en la parte urbana del municipio de Acevedo, en razón del parentesco que tiene con una de las solicitantes, por lo que invocó la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011;
Que mediante auto de 22 de diciembre de 2017, con Radicado número 025-2017 y Radicado Int. E-2017-924056, la Procuraduría Regional del Huila aceptó el impedimento presentado por la doctora Luzdey Artunduaga Castro, al considerar que “(…) se evidencia conflicto de intereses, en las decisiones que deba adoptar e intervenir en el trámite de la legalización y titulación del predio ejidal, donde tiene interés que se le adjudique a su progenitora, la señora María del Carmen Castro Yague”, encontrando configurada la causal de impedimento invocada y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc;
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…) será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (…)”, el Gobernador del departamento del Huila, mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo EXTMI18-37368 de 12 de septiembre de 2018, avaló y remitió la hoja de vida de la señora Marilin Conde Garzón, funcionaria vinculada a dicho ente territorial, para ser designada como Alcaldesa ad hoc del municipio de Acevedo, Huila;
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°;
Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar Alcaldesa ad hoc para el municipio de Acevedo, Huila;
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, Radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203);
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Modificado por el Decreto 2352 de 2019, artículo 1º. Designación. Designar como alcaldesa ad hoc del municipio de Acevedo, Huila, a la doctora Marilín Conde Garzón, identificada con cédula de ciudadanía número 51.975.462, quien se desempeña en el cargo de Profesional universitario, código 219, grado 13, para asumir el conocimiento del trámite de legalización y titulación del predio ejidal ubicado en la carrera 3 número 10A-73, barrio La Paz, identificado con matrícula inmobiliaria número 206- 31649, en la parte urbana del municipio, solicitado por la señora María del Carmen Castro Yague, progenitora de la alcaldesa titular.
Texto inicial del artículo 1º: “Designación. Designar como Alcaldesa ad hoc del municipio de Acevedo, Huila, a la doctora Marilin Conde Garzón, identificada con cédula de ciudadanía número 51975462, quien se desempeña en el cargo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, para asumir el conocimiento del trámite de legalización, venta y titulación del predio ubicado en la carrera 3 N° 10A -73, barrio La Paz, con Matrícula 206-31649, en la parte urbana del municipio.”.
Artículo 2°. Posesión. La Alcaldesa ad hoc designada mediante este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto a la Alcaldesa ad hoc, a la Alcaldesa titular del municipio de Acevedo y a la Procuraduría Regional del Departamento de Huila.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 1° de noviembre de 2018.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra del Interior,
Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.