DECRETO 1968 DE 2019
(octubre 25)
D.O. 51.118, octubre 26 de 2019
por el cual se designa alcaldesa ad hoc para el municipio de Florida, departamento del Valle del Cauca.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante escrito radicado en la Procuraduría Regional del Valle del Cauca el 22 de octubre de 2019, el señor José Julián Alzate Flórez y otros candidatos a la alcaldía de Florida, Valle del Cauca, formularon recusación en contra del señor Diego Felipe Bustamante Arango, alcalde del mismo ente territorial, y asimismo, solicitaron el nombramiento de un alcalde ad hoc hasta que culmine el proceso electoral que se llevará a cabo el 27 de octubre de 2019, “con el fin de garantizar el ejercicio y el goce efectivo de los derechos políticos de los ciudadanos (…)”, invocando la causal de recusación prevista en el numeral 8 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.
Que el Procurador Regional del Valle del Cauca, mediante auto E1167 de 25 de octubre de 2019, proferido dentro del proceso con radicación 2019-646194, aceptó la recusación propuesta en contra del señor Diego Felipe Bustamante, “con miras a garantizar la transparencia de las funciones de vigilancia de las actuaciones administrativas encomendadas como integrante de la Comisión Municipal para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales; específicamente las relacionadas con velar por la efectivización de los derechos de las personas que detentan interés directo o indirecto en la jornada electoral a llevarse a cabo el próximo 27 de octubre de 2019” y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.
Que el artículo 209 de la Constitución Política, preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “…Será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio…”, mediante correo electrónico del 25 de octubre de 2019, la doctora Aura María Lizarazo Pabón, en su condición de Asesora Jurídica del municipio de Florida, Valle del Cauca, remitió la documentación solicitada, para ser designada como alcaldesa ad hoc del citado municipio.
Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar al alcalde ad hoc para ese ente territorial.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tenga superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado en los conceptos de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, a través de los radicados 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203) y 11001-03-06-000-2015-00181- 00 (2273), del 6 de marzo de 2014 y 19 de octubre de 2015, respectivamente.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Designar como alcaldesa ad hoc del municipio de Florida, Valle del Cauca, a la doctora Aura María Lizarazo Pabón, identificada con cédula de ciudadanía número 29500000, quien se desempeña en el cargo de Asesora Jurídica código 105, grado 08 del municipio de Florida, Valle del Cauca, para participar en calidad de alcaldesa del municipio de Florida, Valle del Cauca, en las elecciones del 27 de octubre de 2019, con miras a garantizar la transparencia de las funciones de vigilancia de las actuaciones administrativas encomendadas como integrante de la Comisión Municipal para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales, específicamente las relacionadas a garantizar por los derechos de las personas que detentan interés directo o indirecto tal jornada electoral.
Artículo 2°. Posesión. La alcaldesa ad hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto a la alcaldesa ad hoc designada en este acto, al alcalde titular del municipio de Florida, a la Gobernación del Valle del Cauca y a la Procuraduría Regional del Valle del Cauca.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 25 de octubre de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra del Interior,
Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.