DECRETO 1955 DE 2019
(octubre 25)
D.O. 51.118, octubre 26 de 2019
por el cual se designa alcaldesa ad hoc para el municipio de Donmatías, departamento de Antioquia.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante escrito recibido en la Procuraduría Regional de Antioquia el 23 de octubre de 2019, la doctora Yudy Marcela Peña Correa, alcaldesa del municipio de Donmatías, departamento de Antioquia, solicitó aceptar su impedimento para “ejercer funciones de clavero de las arcas triclaves y presidir las comisiones para la coordinación y seguimiento de los procesos electorales que se llevarán a cabo el 27 de octubre de 2019 en el municipio de Donmatías”, por cuanto tiene parentesco de consanguinidad en cuarto grado, con el señor Yeison Camilo Correa Álvarez, quien se inscribió como candidato a la alcaldía de este ente territorial.
Que mediante auto del 24 de octubre de 2019, en el proceso con radicación IUS-E 2019-648501, el Procurador Regional de Antioquia aceptó el impedimento manifestado por la doctora Yudy Marcela Peña Correa, para “ejercer funciones de clavero de las arcas triclaves y presidir las comisiones para la Coordinación y Seguimiento de los procesos electorales que se llevarán a cabo el 27 de octubre de 2019”, al considerar que “se acogen los argumentos de la señora Yudy Marcela Peña Correa, alcaldesa Municipal de Donmatías, (Antioquia), por encontrarse debidamente sustentada y soportada probatoriamente, un aparente conflicto de intereses”, encontrando configurada la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y, consecuentemente, se remitió el auto que acepta el impedimento a la Presidencia de la República para que se proceda a la designación de alcalde ad hoc para el trámite enunciado.
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “… Será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio…”, mediante correo electrónico del 25 de octubre de 2019, la doctora Kelly Johana Lopera Gómez, Secretaria de Gobierno del municipio de Donmatías, remitió la documentación solicitada para ser designada como alcaldesa ad hoc del citado ente territorial.
Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar alcaldesa ad hoc para el municipio de Donmatías, departamento Antioquia.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tenga superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado en los conceptos de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado a través de los radicados 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203) y 11001-03-06-000-2015-00181-00 (2273), del 6 de marzo de 2014 y 19 de octubre de 2015, respectivamente.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Designar como alcaldesa ad hoc para el municipio de Donmatías, Antioquia, a la doctora Kelly Johana Lopera Gómez, identificada con la cédula de ciudadanía número 1044503148, quien se desempeña en el cargo de Secretaria de Gobierno del citado municipio, para “ejercer funciones de clavero de las arcas triclaves y presidir las comisiones para la Coordinación y Seguimiento de los procesos electorales que se llevarán a cabo el 27 de octubre de 2019”.
Artículo 2°. Posesión. La alcaldesa ad hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto a la alcaldesa ad hoc designada en este acto, a la alcaldesa titular del municipio de Donmatías, a la gobernación de Antioquia y a la Procuraduría Regional de Antioquia.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 25 de octubre de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra del Interior,
Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.