DECRETO 1950 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 1950 DE 2019    

(octubre 25)    

D.O. 51.117, octubre 25 de 2019    

por el cual se  hace efectiva una sanción de suspensión impuesta al señor Roberto Jaramillo  García, Gobernador del departamento del Vaupés, en cumplimiento de una decisión  de la Procuraduría Delegada para la Economía y la Hacienda Pública.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en  particular las conferidas por los artículos 304 de la Constitución Política,  en concordancia con el artículo 172 de la Ley 734 de 2002, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Secretaria (e) de la Procuraduría  Delegada para la Economía y la Hacienda Pública de la Procuraduría General de  la Nación, mediante comunicación radicada en la Presidencia de la República con  el EXT19-00082686 del 21 de agosto de 2019, trasladada al Ministerio del  Interior bajo EXTMI19-34909 del 23 del mismo mes y año, remitió fallo de  primera instancia número DEHP 0419-19 del 26 de junio de 2019, proferido por la  Procuraduría Delegada para la Economía y la Hacienda Pública, dentro del  proceso con radicado IUS 2013-398581/IUC D-2014-103-656178, mediante el cual se  sancionó al señor Roberto Jaramillo García, identificado con la cédula de  ciudadanía número 18201911, en su condición de Gobernador del departamento del  Vaupés para la época de los hechos, con suspensión en el ejercicio del cargo  por el término de tres (3) meses, convertida en el equivalente a tres (3) meses  de salario, devengado para la época de los hechos, esto es, veinticinco  millones ciento ochenta y siete mil ciento sesenta y seis pesos ($25.187.166)  moneda legal.    

Que según constancia de ejecutoria suscrita  el 12 de agosto de 2019, por la Secretaría (e) de la Procuraduría Delegada para  la Economía y la Hacienda Pública, el fallo quedó ejecutoriado el 29 de julio  de 2019.    

Que en cumplimiento de lo ordenado por la  Procuraduría General de la Nación, se hace necesario hacer efectiva la sanción  disciplinaria de suspensión del cargo por el término de tres (3) meses,  convertida en tres (3) meses de salario, equivalentes a $25.187.166, impuesta al  señor Roberto Jaramillo García, identificado con la cédula de ciudadanía número  18201911, en su calidad de gobernador del departamento del Vaupés para la época  de los hechos.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Suspensión. Hacer efectiva la sanción disciplinaria de  suspensión en el ejercicio del cargo por el término de tres (3) meses,  convertida en el equivalente al salario devengado para la época de los hechos,  esto es, veinticinco millones ciento ochenta y siete mil ciento sesenta y seis pesos  ($25.187.166) moneda legal, impuesta al señor Roberto Jaramillo García,  identificado con la cédula de ciudadanía número 18201911, en su calidad de  Gobernador del departamento del Vaupés para la época de los hechos, en  cumplimiento del fallo de primera instancia número DEHP- 0419-19, proferido por  la Procuraduría Delegada para la Economía y la Hacienda Pública el 26 de junio  de 2019, dentro del proceso IUS 2013-398581/IUC D-2014-103-656178.    

Artículo 2º. Comunicación. Comunicar, por intermedio del Ministerio del  Interior, el contenido del presente decreto, al señor Roberto Jaramillo García,  a la Gobernación del departamento del Vaupés para que realice las anotaciones  en la hoja de vida, y efectúe el cobro de los salarios equivalentes a la  sanción impuesta; al Procurador Delegado para la Economía y la Hacienda  Pública, y a la División de Registro y Control de la Procuraduría General de la  Nación.    

Artículo 4º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su expedición y  contra él no procede recurso alguno, conforme lo dispone el artículo 75 del  Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 25 de octubre de  2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra del Interior,    

Nancy Patricia  Gutiérrez Castañeda.    

               

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