DECRETO 1944 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 1944 DE 2019     

(octubre 24)    

D.O. 51.117, octubre 25 de 2019    

por el cual se  designa alcalde ad hoc para el municipio de Subachoque, departamento de  Cundinamarca.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las  conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante oficio número 110-04 COAMS del 6  de septiembre de 2019, el doctor Juan Guillermo Cortés Ballén, alcalde del  municipio de Subachoque, Cundinamarca, solicitó a la Procuraduría Regional de  Cundinamarca, aceptar su impedimento para “ser clavero en las arcas triclaves y presidir la Comisión Municipal  para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales en el marco del  proceso electoral a realizarse el próximo 27 de octubre de 2019”, por  cuanto tiene parentesco en cuarto grado de consanguinidad con el señor Carlos  Adolfo Marín Cortés, quien es “candidato  para la corporación pública de elección popular Concejo Municipal de Subachoque  del período constitucional 2020-2023”.    

Que mediante Autos número 1406 y 1464 de fecha  1º de octubre de 2019 y 16 del mismo mes y año, respectivamente, en el proceso  con radicación IUS-E-2019-548937, el Procurador Regional de Cundinamarca aceptó  el impedimento presentado por el doctor Juan Guillermo Cortés Ballén, para “desempeñarse en calidad de clavero en las  arcas triclaves que debe presidir en esa localidad para los comicios regionales  a celebrarse el próximo 27 de octubre de 2019”, así como “todo lo concerniente a la actividad  electoral”, al considerar que “el  señor Carlos Adolfo Marín Cortés (Primo hermano), funge como candidato a la  Corporación Pública de Elección Popular, Concejo Municipal de esa localidad,  período constitucional 2020-2023”, y consecuentemente, se ha remitido a  la Presidencia de la República para la designación del alcalde ad hoc para el trámite enunciado.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que en virtud del concepto emitido por el  Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23  de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “… Será de competencia del Presidente de la República decidir si designa  un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un  funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que,  en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa  para la cual se nombra con carácter transitorio…”, mediante  comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo los EXTMI19-44603 y  EXTMI19-44692 del 22 de octubre de 2019, el doctor Juan Ricardo Salamanca  Rodríguez, Secretario General y de Gobierno del municipio de Subachoque,  Cundinamarca, remitió la documentación solicitada, para ser designado como  alcalde ad hoc del referido  municipio.    

Que con el fin de dar cumplimiento a los  principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar  alcalde ad hoc para el  municipio de Subachoque, Cundinamarca.    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea  aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de  funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como  medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y  Servicio Civil del Consejo de Estado, en los conceptos con radicados  11001-03-06-000-2014-00049-00 2203) y 11001-03-06-000-2015-00181-00 (2273), del  6 de marzo de 2014 y 19 de octubre de 2015, respectivamente.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Designar como alcalde ad hoc del municipio de Subachoque, Cundinamarca, al doctor Juan  Ricardo Salamanca Rodríguez, identificado con la cédula de ciudadanía número  1077032696, quien se desempeña en el cargo de Secretario General y de Gobierno,  código 020, grado 02, del municipio de Subachoque, Cundinamarca, para “desempeñarse en calidad de clavero en las  arcas triclaves que debe presidir en esa localidad para los comicios regionales  a celebrarse el próximo 27 de octubre de 2019”, así como “todo lo concerniente a la actividad  electoral”.    

Artículo 2°. Posesión. El alcalde ad  hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la  instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica  del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto al alcalde ad hoc designado en este acto, al  alcalde titular del municipio de Subachoque, a la Gobernación de Cundinamarca y  a la Procuraduría Regional de Cundinamarca.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.C., a 24 de octubre de 2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra del Interior,    

Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.    

               

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