DECRETO 1938 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 1938 DE 2019     

(octubre 24)    

D.O. 51.117, octubre 25 de 2019    

por el cual se designa alcalde  ad hoc para el municipio de Tausa, departamento de Cundinamarca.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por  el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante oficio de fecha 19 de septiembre de 2019, el  doctor Jaime Alexánder Rodríguez Ballén, alcalde del municipio de Tausa,  Cundinamarca, solicitó a la Procuraduría Regional de Cundinamarca, aceptar su  impedimento para “garantizar y  asegurar los principio de transparencia e imparcialidad de las elecciones y el  pleno ejercicio del derecho al voto, a la participación democrática y el libre  ejercicio de la actividad política en el proceso electoral a realizarse el  próximo 27 de octubre”, por cuanto uno de los aspirantes a la Alcaldía  señor Tito Javier Pachón, tiene el aval del mismo partido político que avaló su  candidatura y por el cual fue electo alcalde municipal para el actual período  constitucional.    

Que mediante Auto número 1463 del 16 de octubre de 2019,  en el proceso con radicación IUS-E-2019-576851 y/o IUC-D-2019-1398940, el  Procurador Regional de Cundinamarca aceptó el impedimento presentado por el  doctor Jaime Alexánder Rodríguez Ballén, para “desempeñarse en el proceso electoral a celebrarse el 27 de octubre de  2019”, al considerar que “uno  de los aspirantes al cargo de elección popular (Alcaldía), se trata del señor  Tito Javier Pachón, identificado con cédula de ciudadanía número 79161267 de  Ubaté, quien se encuentra  avalado por el mismo Partido Político que avaló su candidatura y por el cual  fue electo como Alcalde Municipal en el actual período constitucional” y  consecuentemente, se ha remitido a la Presidencia de la República para la  designación del alcalde ad hoc para  el trámite enunciado.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento  Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre  de 2016, mediante el cual precisó que “…  Será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un  empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario  de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso,  se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual  se nombra con carácter transitorio…”, mediante comunicación radicada en  el Ministerio del Interior bajo el EXTMI19-44905 del 23 de octubre de 2019, la  doctora Claudia Yaneth Morante Forero, Secretaria General y de Gobierno del  municipio de Tausa, Cundinamarca, remitió la documentación solicitada del  doctor Luis Fernando Forero Poveda, Secretario de Servicios Públicos, código  20, grado 02, para ser designado como alcalde ad hoc del citado municipio.    

Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de  moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar alcalde ad hoc para el municipio de Tausa,  Cundinamarca.    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea  aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de  funciones administrativas que no tenga superior ni cabeza del sector, como  medida excepcional, en atención a lo señalado en los conceptos de la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado a través de los radicados  11001-03-06-000-2014-00049-00(2203) y 11001-03-06-000-2015-00181- 00 (2273),  del 6 de marzo de 2014 y 19 de octubre de 2015, respectivamente.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°.  Designación. Designar como alcalde ad hoc para el municipio de Tausa, Cundinamarca, al doctor Luis  Fernando Forero Poveda, identificado con la cédula de ciudadanía número  79167452, quien se desempeña en el cargo de Secretario de Servicios Públicos,  código 20, grado 07, del precitado municipio “para que asuma a partir de la fecha de su designación lo concerniente  a la actividad electoral que se llevará a cabo el 27 de octubre de 2019”.    

Artículo 2°.  Posesión. El alcalde ad hoc designado  en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda,  en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°.  Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del  Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto al alcalde ad hoc designado en este acto, al  alcalde titular del municipio de Tausa, Cundinamarca, a la Gobernación de  Cundinamarca y a la Procuraduría Regional de Cundinamarca.    

Artículo 4°.  Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de octubre de 2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra del Interior,    

Nancy Patricia Gutiérrez  Castañeda.    

               

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