DECRETO 1936 DE 2019

Decretos 2019

DECRETO 1936 DE 2019     

(octubre 24)    

D.O. 51.117, octubre 25 de 2019    

por el cual se designa alcalde  ad hoc para el municipio de Firavitoba, departamento de Boyacá.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por  el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante oficio de fecha 4 de octubre de 2019, la  señora Zamira Ibed Martínez Acosta, Secretaria de la Alcaldía Municipal de  Firabitova, remitió copia a la Procuraduría Regional de Boyacá de la Resolución  interna numeró 456 del 2 de octubre de 2019, a través de la cual se declaró el  impedimento del señor Karol Ricardo Ramírez Silva para ejercer las funciones de  alcalde del municipio de Firabitova en el proceso electoral que se adelantará  para la elección de autoridades regionales y locales el próximo 27 de octubre  de 2019, invocando la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del  artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.    

Que mediante auto número 2342 de fecha 16 de octubre de  2019, en el proceso con radicación E-2019-606482, el Procurador Regional de  Boyacá, aceptó el impedimento presentado por el doctor Karol Ricardo Ramírez  Silva, para “el ejercicio de las  funciones que como Alcalde Municipal debe desempeñar respecto de las elecciones  del próximo 27 de octubre de 2019”, al constatar que “dentro de los candidatos al Concejo  Municipal de Firavitoba se encuentra inscrito el señor Harvey Ramírez Rivas,  persona con la que el Alcalde tiene parentesco de consanguinidad en tercer  grado (…)” y consecuentemente, se ha remitido a la Presidencia de la  República para la designación del alcalde ad hoc para el trámite enunciado.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento  Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre  de 2016, mediante el cual precisó que “…  Será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un  empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario  de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso,  se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual  se nombra con carácter transitorio…”, mediante comunicación radicada  en el Ministerio del Interior bajo el EXTMI19-44522 del 21 de octubre de 2019,  el doctor Willian Alexander Pan Monroy, Secretario de Gobierno del municipio de  Firavitoba, remitió la documentación solicitada, para ser designado como  alcalde ad hoc del citado ente  territorial.    

Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de  moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar alcalde ad hoc para el municipio de  Firavitoba, departamento de Boyacá.    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4 de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea  aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de  funciones administrativas que no tenga superior ni cabeza del sector, como  medida excepcional, en atención a lo señalado en los conceptos de la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado a través de los radicados  11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203) y 11001-03-06-000-2015-00181- 00 (2273),  del 6 de marzo de 2014 y 19 de octubre de 2015, respectivamente.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°.  Designación. Designar como alcalde ad hoc para el municipio de Firavitoba, Boyacá, al doctor  Willian Alexander Pan Monroy, identificado con la cédula de ciudadanía número  1118774301, quien se desempeña en el cargo de Secretario de Gobierno de Asuntos  Jurídicos y Administrativos, código 020, grado 9 del citado municipio para “el ejercicio de las funciones que como  Alcalde Municipal debe desempeñar respecto de las elecciones del próximo 27 de  octubre de 2019”.    

Artículo 2°.  Posesión. El alcalde ad hoc designado  en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda,  en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación.  Comunicar a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del  Interior, el contenido del presente decreto al alcalde ad hoc designado en este acto, al alcalde titular del municipio  de Firavitoba, a la Gobernación de Boyacá y a la Procuraduría Regional de  Boyacá.    

Artículo 4°.  Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de octubre de 2019.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra del Interior,    

Nancy Patricia Gutiérrez  Castañeda.    

               

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